DIANA ALVARADO 30 SEPTIEMBRE 2021.- Integrantes del Consejo General del Instituto electoral de Quintana Roo (IEQROO) en Sesión Ordinaria dio respuesta a los escritos presentados el 24 de agosto de 2021, relacionados con la realización de las consultas populares aprobadas mediante acuerdos IEQROO/CG/A-089-2021, IEQROO/CG/A-090-2021, IEQROO/CG/A-091-2021 y IEQROO/CG/A-092-2021, en los municipios de Benito Juárez, Isla Mujeres, Solidaridad y Puerto Morelos, respectivamente. Por otra parte, en Sesión Extraordinaria de las 16:00 horas, los integrantes del Consejo General determinaron las pérdidas de registro de Confianza por Quintana Roo y Movimiento Auténtico Social como partidos políticos locales, y en consecuencia de todos sus derechos y prerrogativas. En lo que se refiere a las consultas populares en los municipios arriba citados, se dio a conocer que, se llega a la conclusión de que, aún cuando exista la ley precitada, ello no implica la existencia de una fecha cierta en la que eventualmente se llevaría a cabo el ejercicio de participación ciudadana; con lo que tampoco se tiene conocimiento si aun con el desahogo del procedimiento señalado se estaría en cumplimiento de los requisitos exigidos por dicha ley a efecto de proceder con la emisión de la señalada Convocatoria, y en su caso cómo se implementaría por parte de la autoridad electoral nacional este mecanismo de democracia directa. Se dijo que, el Instituto Electoral de Quintana Roo aún se encuentra dentro del tiempo oportuno para evaluar las particularidades que las áreas técnicas estimen necesarias para la eventual realización de las consultas populares, así como para que en caso de así considerarlo, la ruta de acción que este Consejo General acuerde como idónea, sea prevista dentro del Anteproyecto del Presupuesto Basado en Resultados 2022, en donde quedarían especificadas las áreas y partidas presupuestales que sean congruentes a los recursos necesarios para el debido desahogo de dichas consultas. Derivado de ello, y por cuanto a su referencia de la posibilidad de que las pluricitadas consultas puedan ser ejecutadas el día de la jornada electoral del próximo 5 de junio de 2022, es de señalarse que con lo hasta aquí puntualizado, aunado a los análisis y programaciones operativas que de manera continua se han realizado, se estima que esta autoridad, se encuentra en oportunidad de realizar las gestiones necesarias a efecto de tomar las determinaciones que correspondan, con apego a las disposiciones legales en la materia para, en su caso, realizar los cálculos correspondientes al Anteproyecto de Presupuesto Basado en Resultados para el ejercicio fiscal 2022, que de conformidad con la normatividad aplicable, sería sometido a su vez a la consideración de este Consejo General y que de ser autorizado por la Legislatura del Estado, este Instituto podría llevar a cabo las consultas populares antes mencionadas, durante la jornada electoral local a realizarse en el año 2022; esto último en razón de que es una fecha cierta con la que se cuenta para establecer parámetros o rutas de acción encaminados a la ejecución de las pluricitadas consultas. Sobre la sesión de las 16:00 horas, respecto a la pérdida de registro de Confianza por Quintana Roo y Movimiento Auténtico Social como partidos políticos locales, y en consecuencia de todos sus derechos y prerrogativas, se dio a conocer que, los elementos necesarios a considerar para determinar la elección base para la pérdida de registro de un partido político local son: que se trate de una elección ordinaria, que se trate de la elección inmediata anterior y que se trate de alguna de las elecciones de Gubernatura, Diputaciones Locales y Ayuntamientos. En apego a lo anterior, la elección de integrantes de los ayuntamientos llevada a cabo el seis de junio de 2021 se ajusta a estos elementos. Cabe señalar que, la Dirección de Partidos, coordinó las acciones para sustanciar el procedimiento de pérdida de registro de los partidos políticos locales que se encuentran en los supuestos previstos por la norma, por lo tanto, elaboró el Dictamen referido en el Antecedente XVII de este documento jurídico, mismo que forma parte integral de la presente Resolución. Se advierte que Confianza por Quintana Roo obtuvo un total de 8,674 (ocho mil seiscientos setenta y cuatro) votos, lo cual representa el 1.5656% (uno punto cinco mil seiscientos cincuenta seis por ciento), respecto de la votación válida emitida que corresponde a 554,040 (quinientos cincuenta y cuatro mil cuarenta) votos. En lo que respecta, al otrora partido político local Movimiento Auténtico Social obtuvo un total de 10,813 (diez mil ochocientos trece) votos, lo cual representa el 1.9517% (uno punto nueve mil quinientos diecisiete por ciento), respecto de la Votación válida emitida que corresponde a 554,040 (quinientos cincuenta y cuatro mil cuarenta) votos. Manifestar que la Ley de partidos determina las bases para la pérdida de registro de un partido político local, entre las que se encuentran, no haber obtenido por lo menos el 3% (tres por ciento) en alguna de las elecciones de Gubernatura, Diputaciones y Ayuntamientos, la ley local no puede establecer requisitos menores a los previstos en la ley general y no considerar alguno de los elementos expresados en ella. En otros puntos del orden del día, integrantes del Consejo General aprobaron en todos sus términos el Convenio General de Coordinación y Colaboración con el Instituto Nacional Electoral con el fin de establecer las bases de coordinación para hacer efectiva la realización del Proceso Electoral Local 2021-2022 en Quintana Roo, para la renovación de la Gubernatura y de las y los integrantes de la Legislatura Constitucional del Poder Legislativo de la entidad, cuya jornada electoral será el 5 de junio de 2022. Dicho Convenio, contiene en lo general y en lo particular, las bases para la coordinación y colaboración entre el IEQROO y el INE, en diversos tópicos, como los relativos a integración de órganos desconcentrados, campañas de actualización y credencialización, listas nominales, insumos registrales, capacitación y asistencia electoral, ubicación de casillas e instalación, así como la operación de casilla única, la publicación de los encartes respectivos, documentación electoral y materiales electorales. Así como observación electoral, candidaturas independientes, representantes generales y de casilla, organización de debates, desarrollo de la jornada electoral, … Leer más