La Comisión de Justicia de la XVII Legislatura aprobó reformas al Código Civil para el Estado de Quintana Roo, impactando áreas legales en el ámbito familiar.
Según el diputado presidente de la comisión, Hugo Alday, una modificación significativa se realizó en el artículo 849 Ter del Código Civil.
Esta propuesta, presentada por las diputadas Andrea González y Luz María Beristain, establece criterios para la fijación de la pensión alimenticia cuando no se puedan comprobar los ingresos de la persona deudora.
La nueva redacción considera la capacidad económica y el nivel de vida de la persona deudora en los últimos cinco años.
También se modificó el artículo 814, en el que se establecen nuevas disposiciones en casos de separación de cónyuges, es decir, se enfatiza en el interés familiar, la posible existencia de violencia, y se otorgan facultades a la persona juzgadora para decidir sobre la continuidad en el uso de la vivienda familiar y la entrega de bienes necesarios para el ejercicio de la profesión, arte u oficio.
Durante las reuniones sostenidas en la Comisión de Justicia, -en donde participan representantes de Derechos Humanos, FGE y el Poder Judicial- se determinó que la redacción fuera plasmada para ambos cónyuges y no únicamente para las mujeres, derivado de la posibilidad de matrimonios igualitarios, así como la posibilidad de que la víctima de violencia fuese de género masculino.
En lo concerniente al ámbito del matrimonio, se dictaminaron cuatro iniciativas de reforma a los artículos 682 y 700 del mismo código: ahora se exigirá un certificado médico para verificar la ausencia de enfermedades contagiosas o hereditarias, y se establecen impedimentos relacionados con la violencia de género y el atentado contra la vida de alguna de las personas casadas, con lo que se busca garantizar que las personas involucradas en el contrato matrimonial estén plenamente informadas y sean conscientes sobre su decisión.
No obstante, Hugo Alday mencionó que las adecuaciones subsecuentes en materia procesal familiar estarán pendientes de dictaminación, ya que la comisión de justicia -que preside- forma parte del análisis final del nuevo Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, en donde se contemplan algunas de estas disposiciones.
Finalmente, se aprobó el proyecto de dictamen de la reforma al artículo 635 del Código Civil en el que se destaca la plena validez de las actas del Registro Civil y las copias certificadas, sin sujetarlas a plazos de caducidad.
Esta iniciativa, propuesta por la Diputada Alicia Tapia y el mismo Diputado Hugo Alday, busca beneficiar a las familias eliminando la necesidad de erogar recursos para el pago de derechos de actas y copias certificadas emitidas por el Registro Civil, siempre que estas sean legibles. Además, presume la actualización de los datos asentados, a menos que exista prueba que determine lo contrario.
En la reciente serie de reformas aprobadas por la Comisión de Justicia de la XVII Legislatura del Estado de Quintana Roo, se evidencia un enfoque centrado en la protección de los derechos fundamentales de las personas y las familias.
Las modificaciones al Código Civil reflejan un esfuerzo por establecer criterios claros y equitativos, en asuntos relacionados con la pensión alimenticia, la separación de cónyuges, en la exigencia de certificados médicos en el ámbito matrimonial y la eliminación de plazos de caducidad en las actas del Registro Civil.
Estas reformas, fundamentadas en la visión humanista y el compromiso con la justicia, buscan consolidar un marco legal que promueva la equidad y salvaguarde el bienestar de las familias en el estado.
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