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Declara TEQROO infundado un Juicio de la Ciudadanía

Declara TEQROO infundado un Juicio de la Ciudadanía

Declara TEQROO infundado un Juicio de la Ciudadanía

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DIANA ALVARADO 20 DE SEPTIEMBRE.- El Pleno del Tribunal Electoral de Quintana Roo, declaró infundado el Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales de la Ciudadanía Quintanarroense JDC/052/2024, promovido por el Octavo Regidor del Ayuntamiento de José María Morelos, en contra del Presidente Municipal y Tesorero, respectivamente.

A través de este juicio, el actor los acusa de la supuesta asignación de un salario diferenciado menor en comparación con las demás personas integrantes del referido Ayuntamiento.

Al respecto, el Pleno por unanimidad de votos declaró infundados los motivos de agravio, en razón que, del caudal probatorio presentado por el actor y la autoridad responsable, así como el recabado por este órgano jurisdiccional, consistente en las listas de raya y los recibos de nómina; se advierte que desde el inicio de la administración municipal, la remuneración que reciben el presidente municipal, los regidores y el tesorero, son en razón de las funciones que realizan y acorde a la jerarquía del cargo que ostentan.

Por otra parte, el Procedimiento Especial Sancionador PES/186/2024, fue promovido por el Partido de la Revolución Democrática en contra de Ana Patricia Peralta de la Peña, en su calidad de otrora candidata a la Presidencia Municipal del de Benito Juárez y otros, por la supuesta realización de conductas infractoras consistentes en propaganda gubernamental personalizada, uso indebido de recursos públicos, aportación de entes impedidos, violación a los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad, actos anticipados de campaña, cobertura informativa indebida, vulneración a la restricción de difusión en medios de comunicación social de toda propaganda gubernamental durante las campañas electorales, erogaciones no reportadas, rebase de topes de gasto de campaña y transgresión al acuerdo INE/CG454/2023 relativo a los Lineamientos Generales del INE.

En este caso, el Pleno, por unanimidad de votos, declaró inexistentes las conductas denunciadas, toda vez que, del análisis integral de las constancias del expediente y el material probatorio aportado y recabado por el Instituto Electoral de Quintana Roo, se advirtió que no se configuran los elementos necesarios para tener por actualizadas las infracciones denunciadas.

Y finalmente, el Pleno ordenó el reenvió del expediente del Procedimiento Especial Sancionador PES/185/2024, para que, a la brevedad, la Autoridad Instructora lleve a cabo las diligencias necesarias, a fin de que esta autoridad electoral, cuente con todos los elementos y suficientes para emitir una resolución con total apego a derecho.

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