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Emite IEQROO opinión técnica sobre iniciativa que vincula reciclaje de propaganda electoral con protección de la fauna

Emite IEQROO opinión técnica sobre iniciativa que vincula reciclaje de propaganda electoral con protección de la fauna

Emite IEQROO opinión técnica sobre iniciativa que vincula reciclaje de propaganda electoral con protección de la fauna

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DIANA ALVARADO  9 DE JUNIO 2026.- El Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo (IEQROO), en sesión extraordinaria con carácter de urgente, aprobó por unanimidad el Acuerdo mediante el cual se emite la opinión técnica jurídica en relación con la iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Quintana Roo. Dicha opinión fue formulada a solicitud expresa de la persona titular de la Secretaría de Gobierno del Estado.

La iniciativa bajo análisis plantea un esquema de corresponsabilidad ecológica y social para los actores políticos de la entidad, obligándolos a dar un destino sustentable a la propaganda electoral e introduciendo la alternativa de donación en beneficio de los albergues de fauna y asociaciones protectoras de animales.

El análisis técnico del Instituto sistematizó las principales modificaciones que impactarán los deberes de los partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes y personas candidatas independientes en las distintas etapas del proceso electoral:

• Artículo 116 (Fracción XIII): Obliga a retirar la propaganda fijada o pintada dentro de los 30 días posteriores a la jornada electoral. En el caso de la propaganda impresa, exige su traslado a un centro de reciclaje o, de manera opcional, su donación a refugios y albergues de animales para ser utilizada como infraestructura de protección. De elegirse la donación, deberá notificarse al IEQROO junto con su plan de reciclaje.
• Artículo 273: Mandata que los partidos, precandidatos y simpatizantes retiren la propaganda de precampaña al menos tres días antes del inicio del plazo de registro de candidaturas. En caso de incumplimiento, el Instituto tomará medidas subsidiarias para su retiro, cuyo costo será cargado directamente a las prerrogativas del financiamiento público del partido político responsable.
• Artículo 290: Dictamina que toda la propaganda electoral impresa de campaña debe ser estrictamente reciclable y fabricada con materiales biodegradables libres de sustancias tóxicas. Asimismo, reitera la obligatoriedad de presentar un plan de reciclaje institucional que contemple la alternativa de donación para el bienestar animal.
• Artículo 292: Acota los formatos de difusión impresa exclusivamente a papel (volantes, dípticos o trípticos) con propiedades biodegradables. Además, determina que la propaganda de campaña en vía pública deberá retirarse tres días antes de la jornada electoral, activando de inmediato los esquemas de reciclaje o donación contemplados.

Tras una valoración prima facie (a primera vista) realizada por las áreas especializadas del órgano electoral, el Consejo General determinó que la iniciativa en consulta es plenamente viable y se alinea con el bloque de constitucionalidad y legalidad.

En la opinión jurídica de carácter estrictamente técnico, el IEQROO concluyó que la propuesta:

1. Respeta la libertad configurativa: Se encuentra dentro del ámbito de decisión deliberativa del Poder Legislativo local, sin contravenir las disposiciones de la Constitución General, la Constitución Local o la Ley General de la materia.
2. Preserva la equidad: No se vislumbra ninguna consideración normativa que vulnere el principio de equidad en la contienda o que afecte los derechos político-electorales de los participantes.
3. Es idónea y legítima: La modificación persigue un fin constitucionalmente válido y loable, contextualizado en el beneficio social, la cultura del reciclaje y la protección de los derechos de la fauna doméstica y silvestre bajo resguardo.
4. Es complementaria y potestativa: El marco propuesto enriquece de manera armónica la normativa vigente en Quintana Roo, dejando a potestad (elección voluntaria) de sus destinatarios la vía de la donación.

Con esta resolución, el Instituto Electoral de Quintana Roo concluye su participación en la esfera consultiva técnica de esta iniciativa, remitiendo el acuerdo a la Secretaría de Gobierno para que continúe su curso legal en el proceso legislativo del estado.

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