DIANA ALVARADO 22 SEPTIEMBRE 2021.- El Pleno del Tribunal Electoral de Quintana Roo en sesión pública no presencial atendió seis medios de impugnación, de los cuales, en el Recurso de Apelación se determinó parcialmente fundado, mientras que en los procedimientos especiales sancionadores, los cinco fueron declarados inexistentes.
En el Recurso de Apelación RAP/033/2021, que presentara el Partido del Trabajo en contra del Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo, la Comisión de Quejas y Denuncias y la Dirección Jurídica, por la supuesta dilación procesal para tramitar los procedimientos especiales sancionadores interpuestos por dicho partido, lo que provoca denegación de justicia, el Pleno por unanimidad de votos lo declaró parcialmente fundado, ya que aun cuando la autoridad instructora –IEQROO- no ha sido omisa en atender los asuntos denunciados, sí se ha prolongado en el tiempo de atención, lo cual impide que este autoridad pueda resolver tales asuntos.
Ahora bien, el Pleno por unanimidad de votos determinó declarar inexistentes los cinco procedimientos especiales sancionadores, toda vez que del caudal probatorio no fue posible acreditar los elementos de modo, tiempo y lugar de los supuestos hechos irregulares.
El primero de estos, es el PES/103/2021, que interpusiera el Partido Político Morena en contra del Partido Fuerza por México e Isac Janix Alanís, por la supuesta comisión de conductas violatorias a la normatividad electoral.
Asimismo, el PES/104/2021, que presentara el Partido del Trabajo, Partido Movimiento Auténtico Social y Laura Esther Beristaín Navarrete en contra del propietario de Red Social de Facebook denominada “Netacaribe”, por la presunta difusión de propaganda violatoria de la normatividad electoral.
Así como, el PES/105/2021, que interpusiera el Partido de la Revolución Democrática en contra de María Elena Hermelinda Lezama Espinosa y la coalición “Juntos Haremos Historia en Quintana Roo”, por la presunta violación de las normas de propaganda político electoral consistentes en la difusión de vídeos con contenido calumnioso o campaña negra en contra del candidato Jesús de los Ángeles Pool Moo.
De igual manera, el PES/106/2021, que presentara el Partido de la Revolución Democrática en contra de Rodrigo Alcazar Urrutia, María Elena Hermelinda Lezama Espinosa y la coalición “Juntos Haremos Historia en Quintana Roo”, por la presunta comisión de conductas que violan lo establecido en los párrafos séptimo y octavo del artículo 134 de la constitución federal.
Y finalmente, el PES/107/2021, que interpusiera Laura Esther Beristaín Navarrete y los Partidos Políticos del Trabajo y Movimiento Auténtico Social en contra del Administrador del portal o página de Facebook “Morena Quintana Roo”, por la presunta difusión de propaganda negativa calumniosa con fines políticos electorales.
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