No obstante, el órgano electoral no pudo establecer alguna sanción contra Cortés Mendoza al tratarse de hechos que ya se consumaron y que, por ende, son irreparables.
La panista acusó a Marko Cortés de utilizar los tiempos en radio y televisión concedidos al PAN para violentar la equidad de la contienda interna a la que se someterá los militantes del partido para elegir a quien será su nuevo dirigente nacional.
“Compra o adquisición de tiempos de radio y televisión por parte de los denunciados, derivado de la difusión de spots para radio y televisión que violan el principio de equidad en la contienda de la renovación de la presidencia del Comité Ejecutivo Nacional (CEN) del PAN al promocionar indebidamente a Marko Cortés”, señala el recurso de queja.
En particular, Dávila solicitó medidas cautelares, así como tutela preventiva por los promocionales titulados “El cambio ya comenzó” y “Es hora de cambiar, PAN”, los cuales se trasmitieron del 25 de junio al 9 de septiembre.
No obstante, los consejeros que integran la Comisión de Quejas y Denuncias del INE resolvieron que eran improcedentes las peticiones que al respecto hizo la suspirante a presidir el CEN del blanquiazul, debido a que se trata de mensajes difundidos en tiempo pasado que no están vigentes en la actualidad.
“Es decir, en fecha pasada y ya no se están difundiendo, por lo que se trata de actos consumados de manera irreparable, respecto de los cuales, no es jurídicamente posible dictar medidas cautelares”, expuso el organismo.
Cabe mencionar que la consejera Claudia Zavala pidió que quedara claro en el proyecto que es debido a esta razón por la que no se podían expedir las medidas que solicitaba Adriana Dávila y que, en todo caso, tendría que ser la Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial Federal (TEPJF) la que debería determinar si Marko Cortés incurrió en alguna falta o si generó inequidad en la renovación de la dirigencia del PAN al valerse de las prerrogativas del partido.
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