DIANA ALVARADO 16 MARZO 2022.- El pleno del Senado aprobó, por unanimidad, con 104 votos, reformas a la Ley del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) para reconocer de forma plena los derechos sociales y laborales de 2.5 millones de trabajadoras y trabajadores del hogar, una vieja demanda que hoy se hizo realidad.
“Gracias a la aprobación de este dictamen todas las personas trabajadoras del hogar tendrán acceso a atención médica, farmacéutica y hospitalaria para ellas y sus familias; a incapacidad por enfermedad o accidentes de trabajo; a estancias infantiles e instalaciones deportivas y culturales, así como una pensión que facilite el disfrute de su vejez”, resaltó en tribuna el presidente de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, Napoleón Gómez Urrutia.
“Durante mucho tiempo, las personas trabajadoras del hogar invirtieron tiempo y esfuerzo en un trabajo que es primordial para el correcto funcionamiento de la sociedad, pero que conlleva poca retribución y nulo reconocimiento. “Esta es la enorme deuda que tenemos con un sector de la población que está conformado principalmente por mujeres—según datos del Inegi, en la actualidad la cifra equivale a un 94 por ciento—, quienes históricamente se han hecho cargo de las tareas domésticas y de cuidados”, sin la retribución debida”.
El senador de Morena resaltó que esa reforma, visibiliza el trabajo doméstico como lo que es, un trabajo, que conlleva obligaciones, pero también derechos que dignifiquen la actividad, entre los cuales se encuentra el acceso a los beneficios ofrecidos por el régimen actual de seguridad social”.
Dijo que la actividad de las trabajadoras del hogar debe ser reconocida y remunerada de manera digna, ya que de acuerdo con datos del Inegi, menos del dos por ciento de las trabajadoras del hogar cuentan con prestaciones laborales dignas, como son servicios básicos de salud, seguros laborales, cotización para la pensión, entre otras.
Tal situación, agregó Gómez Urrutia, eran intolerable, por lo que los miembros de la Comisión de Trabajo Previsión, llevaron a cabo las acciones necesarias, entre ellas foros de discusión, mesas de trabajo, parlamentos abiertos, entre otras, para promover una reforma a la Ley del Seguro Social con el objetivo de incluir como sujetos de derechos a las personas trabajadoras del hogar
La reforma a la Ley del Seguro Social se establece las características de las cuotas a aportar, el número de días por vacaciones y la forma en qué se computarán y lo más importante las y los trabajadores del hogar tendrán derecho a ser registrados ante el IMSS, señalando los días que laboran y el salario que perciben, coincidieron senadores de todas las fuerzas políticas.
Las trabajadoras domésticas deberán darse de al IMSS, donde r tendrán derecho a los cinco seguros de ese Instituto, entre ellos el Seguro de e Enfermedades y Maternidad; Seguro de Riesgos de Trabajo; Seguro de Invalidez y Vida; Seguro de Retiro, Cesantía y Vejez y Seguro de Guardería y Prestaciones Sociales.
En el dictamen se precisa que hasta diciembre del 2021hubo una afiliación al Seguro Social de 41 mil 173 trabajadoras del hogar. De estas, 67 por ciento fueron mujeres, entre 50 años y el 33 por ciento hombres, entre 54 años.
Se precisa que la persona empleadora del hogar no calculará sus cuotas, el sistema realizará los cálculos para la aportación patronal y aquella de la persona trabajadora del hogar. Los datos de inscripción solo serán capturados en el registro inicia. En n los periodos subsecuentes de prepago, bastará con realizar el pago con base en la línea de captura emitida de manera automática por el IMSS. “Al operar en un esquema simplificado, no existirá autodeterminación, a diferencia del régimen general. Estas medidas disminuyen de manera sustantiva las barreras administrativas, en beneficio de las personas empleadoras”.
Se detalla asimismo que al inicio de la relación laboral, se permitirá a la persona empleadora realizar la inscripción al IMSS y pago de manera análoga al del régimen general de ley. “ Es decir, en un esquema de pospago, el cual será aplicable sólo para el primer eriodo de aseguramiento, con lo cual el aseguramiento será inmediato, sin que transcurra un periodo de espera.
Sé el primer en dejar tu comentario de esta noticia