DIANA ALVARADO 31 MARZO 2022.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó la petición de la Cámara de Diputados para darle atención prioritaria a la controversia que interpuso ese órgano legislativo, en contra del acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE) que pretendía posponer temporalmente la realización del proceso de revocación de mandato. Al mismo tiempo, admitió a trámite la acción de inconstitucionalidad de partidos de oposición en contra del decreto que permitía a servidores públicos llamar a participar en esta consulta.
En el primer asunto, en sesión privada, el pleno de ministros desechó la solicitud de atención prioritaria 1/2022, con la cual la Cámara de Diputados buscaba que se abreviara la resolución de su controversia constitucional 224/2021, en que impugnó el acuerdo INE/CG1796/2021 del consejo general del órgano electoral.
Los ministros señalaron que el INE ya dio marcha atrás en su pretensión de posponer la revocación de mandato debido a la falta de presupuesto, y consideró que no hay urgencia de resolver este asunto, toda vez que la consulta sí se realizará el próximo 10 de abril.
Cabe señalar que el ministro instructor de este asunto, Juan Luis González Alcántara Carrancá, admitió en diciembre pasado la controversia de la Cámara de Diputados y les otorgó la suspensión, ordenando al INE que continuara con la organización y desarrollo de la revocación de mandato, en la medida de los alcances de su presupuesto.
La Cámara de Diputados interpuso un recurso de revisión referente a esta medida, denunciado que el INE, argumentando falta de presupuesto, recortó el número de casillas para la consulta, conculcando con ello los derechos democráticos de la ciudadanía. Esta queja aún está en estudio por la SCJN.
En el segundo asunto, el máximo tribunal admitió a trámite la acción de inconstitucionalidad promovida la semana pasada por los partidos Acción Nacional, Revolucionario Institucional y de la Revolución Democrática en contra del “Decreto por el que se Interpreta el Alcance del Concepto de Propaganda Gubernamental”, el cual permitía a los funcionarios hablar en público sobre la consulta de revocación de mandato.
Aunque el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ya dejó sin efectos este acuerdo, los partidos de oposición también pidieron a la SCJN que suspenda sus efectos hasta que se decida si es o no constitucional. Sin embargo, el máximo tribunal aún no decide si les otorgará esta medida cautelar.
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