DIANA ALVARADO 13 ABRIL 2022.- El Pleno del Tribunal Electoral de Quintana Roo (TEQROO) en sesión pública no presencial determinó por unanimidad de votos revocar el Acuerdo de desechamiento emitido por la Dirección Jurídica del Instituto Electoral de Quintana Roo (IEQROO), dentro del expediente IEQROO/PES/016/2022, autoridad que consideró sin legitimación alguna para denunciar los supuestos hechos de calumnia en contra de su candidata a la gubernatura en el actual proceso electoral.
Lo anterior, se determinó al resolver el Recurso de Apelación RAP/012/2022, que promoviera el Partido Acción Nacional en contra del Director Jurídico del IEQROO por haber emitido el Acuerdo de desechamiento, toda vez que el Pleno consideró fundados los agravios vertidos por el partido impugnante, ya que como lo ha sostenido la Sala Superior del TEPJF, al referirse al tema de calumnia, esta puede actualizarse respecto de cualquier tipo de persona, ya sea física o jurídica, quienes pueden interponer una denuncia cuando consideren violentados sus derechos, lo cual, en este asunto de actualizarse la infracción denunciada sí podría afectar de manera indirecta el interés del partido promovente y generar una imagen negativa de la coalición y su candidata a la gubernatura.
Es por ello, que la propaganda calumniosa si puede afectar a los partidos políticos, cuando se refiere a personas vinculadas o asociadas con ellos y por lo tanto, están legitimados para denunciarlos.
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