DIANA ALVARADO 13 MAYO 2022.- Integrantes del Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo (IEQROO), aprobaron los ajustes del funcionamiento de las casillas especiales, en el desarrollo de las consultas populares en los municipios de Benito Juárez, Isla Mujeres, Solidaridad y Puerto Morelos durante el Proceso Electoral Local 2021-2022, así como los ajustes a la “Adenda a la Guía para la y el Funcionario de Casilla Especial. Elecciones Locales y Consulta Popular 2022”.
De conformidad con lo establecido por la Comisión Temporal de Seguimiento de los Procesos Electorales Locales (COTSPEL), mediante el Acuerdo INE/COTSPEL2021-2022/016/2022, se realizaron ajustes al funcionamiento de las casillas especiales para la consulta popular, por lo tanto, la Dirección de Organización deberá adoptar las consideraciones necesarias a fin de dotar a dichas casillas que se instalarán de los municipios de Benito Juárez, Solidaridad y Puerto Morelos, de la documentación necesaria de conformidad con el criterio establecido por el INE.
En cada casilla especial que se instale en los municipios donde se llevará a cabo la consulta popular, se incluirán mil boletas de consulta popular para las y los ciudadanos de cada uno de los municipios en donde se realizará este ejercicio. Además, se incluirá la siguiente documentación: un acta de la Jornada de la Consulta Popular para Casilla Especial; cuatro actas de escrutinio y cómputo de la Consulta Popular para Casilla Especial; cuatro carteles de resultados de la Consulta Popular para la Casilla Especial.
Así como, cuatro sobres para el expediente de la Consulta Popular de la Casilla Especial; un sobre para las Actas de Escrutinio y Cómputo de Casilla Especial por fuera del paquete; una hoja para hacer las operaciones de la mesa de escrutinio y cómputo de la Consulta Popular de la Casilla Especial; un acta de las y los Electores en Tránsito para Casillas Especiales; cuatro sobres genéricos para votos válidos; cuatro sobres genéricos para votos nulos; y cuatro sobres genéricos para boletas sobrantes.
En cuanto a la Adenda a la Guía para la y el Funcionario de Casilla Especial. Elecciones Locales y Consulta Popular 2022, se realizaron diversos ajustes a ésta, por ser este el documento que se utilizará en el Proceso Electoral Local que actualmente se desarrolla, en aras de que con el ya señalado se complemente la capacitación de la ciudadanía que participará en las Mesas Directivas de Casilla Especial; material didáctico que previamente fue validado por los órganos competentes del Instituto y del INE, respectivamente; por lo que este Consejo General aprobó los ajustes correspondientes al contenido de la referida Adenda; así como instruir a la Dirección de Cultura Política a efecto de que proceda la impresión del mismo, de conformidad con lo establecido en el presente Acuerdo.
Se informó que, los escenarios posibles por los que una persona pueda votar o no en la casilla especial deberá ser en el siguiente sentido, de acuerdo a la ubicación del domicilio de la ciudadanía en tránsito: si se encuentra dentro de la entidad federativa, dentro de la circunscripción local, dentro de su municipio, dentro de su distrito local y dentro de su sección, entonces, la o el ciudadano debe ir a la casilla que le corresponde.
En los casos donde, la o el ciudadano sólo se encuentre fuera de su sección, podrán votar por: gubernatura, Diputación Local de Mayoría Relativa, Diputación Local por Representación Proporcional y Consulta Popular (solo si está y pertenece a alguno de los municipios que la promueve). En los casos donde, la o el ciudadano se encuentre fuera de su sección y fuera de su distrito local, éstos podrán votar por: gubernatura, Diputación Local por Representación Proporcional y Consulta Popular (sólo si está y pertenece a alguno de los municipios que la promueve).
Otro de los casos donde, la o el ciudadano se encuentre fuera de su sección, fuera de su distrito local y fuera de su municipio, podrán votar por: gubernatura, Diputación Local por Representación Proporcional y Consulta Popular (sólo si está y pertenece a alguno de los municipios que la promueve). En los casos donde, la o el ciudadano se encuentre fuera de su sección y fuera de su municipio, podrán votar por: gubernatura, Diputación Local MR, Diputación Local RP y Consulta Popular (sólo si está y pertenece a alguno de los municipios que la promueve).
En los casos donde, la o el ciudadano se encuentre fuera de su sección, fuera de su distrito loca, fuera de su municipio y fuera de su circunscripción local, sólo podrán votar por: gubernatura y Consulta Popular (sólo si está y pertenece a alguno de los municipios que la promueve) y finalmente, si la o el ciudadano se encuentre fuera de su sección, fuera de su distrito local, fuera de su municipio, fuera de su circunscripción local y fuera de la entidad federativa, no podrán votar en la elección local ni en la Consulta Popular.
En otro punto del orden del día, los integrantes del Consejo General, aprobaron el convenio general y se autorizó a la Consejera Presidenta del Consejo General y a la Secretaria Ejecutiva, para que en su oportunidad suscriban el Convenio General de Coordinación y Colaboración para la implementación del Sistema “Candidatas y Candidatos, Conóceles” dentro del Proceso Electoral Local 2021-2022, así como su anexo técnico, con la representación del INE, en su oportunidad.
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