DIANA ALVARADO 18 MAYO 2022.- El Pleno del Tribunal Electoral de Quintana Roo, en sesión pública por unanimidad de votos determinó sancionar con una amonestación pública a candidata y a la coalición que la postula.
Lo anterior, al resolver Procedimiento Especial Sancionador PES/028/2022, que presentó el Partido Acción Nacional en contra de Angy Estefanía Mercado Asencio y la coalición “Juntos Hacemos Historia en Quintana Roo”, por supuestos actos cometidos por la denunciada, en su calidad de candidata a Diputada Local por el Distrito 10 del Estado de Quintana Roo, al vulnerar las reglas sobre propaganda política electoral respecto al manejo de imágenes que transgreden el interés superior de la niñez.
En este caso, el Pleno determinó la existencia de las violaciones objeto de la denuncia, debido a que de las constancias en el expediente se acredita que la propaganda electoral contenía imágenes de menores de edad, sin cumplir con lo exigido en la normatividad que protege el interés superior de la niñez, aunado a que tampoco la denunciada proporcionó los consentimientos de los padres de las y los menores.
En tanto que el Procedimiento Especial Sancionador PES/029/2022, fue interpuesto por el Partido Revolucionario Institucional en contra de Margarita del Rosario Vázquez Barrios y otros, por la supuesta realización de conductas que constituyen violación a las disposiciones en materia de promoción personal y actos anticipados de campaña.
Al respecto, el Pleno por unanimidad de votos declaró la inexistencia de las infracciones atribuidas a Vázquez Barrios y otros, ya que del caudal probatorio no pudo acreditarse los hechos denunciados, es decir, que los denunciados hayan realizados promoción personalizada y actos anticipados de campaña.
Mientras que el Procedimiento Especial Sancionador PES/032/2022, fue promovido por el Partido Revolucionario Institucional en contra de la coalición “Juntos Hacemos Historia en Quintana Roo” y otros, por la supuesta realización de actos anticipados de campaña, por conductas que vulneran los principios rectores del proceso electoral.
En este medio de impugnación, el Pleno por unanimidad de votos ordenó el reenvío del expediente al Instituto Electoral de Quintana Roo, con el objeto de cumplir con el debido proceso y ofrecer la garantía de audiencia a las partes, para efecto de que se reponga el procedimiento, cumpliendo con las formalidades esenciales del mismo y este Tribunal esté en condiciones de emitir una resolución a pegada a derecho.
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