DIANA ALVARADO 1 AGOSTO 2019.- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó hoy por unanimidad que no existió violencia política en razón de género ni acoso laboral contra la exconsejera del Instituto Electoral de Quintana Roo (IEQROO), Claudia Carrillo Gasca, con lo que queda cerrado el procedimiento correspondiente.
De acuerdo con el proyecto de sentencia del magistrado electoral José Luis Vargas Valdés, no existieron los elementos mínimos para sustentar los hechos denunciados ni mucho menos agravios que pudieran obstaculizar el trabajo de Claudia Carrillo como consejera electoral, hoy magistrada del Tribunal Electoral de Quintana Roo.
Destaca que el estudio realizado por el Instituto Nacional Electoral es “congruente, integral y exhaustivo ya que determina que no existió violencia política por razón de género y acoso laboral”, además de que fue apegado al protocolo existente para investigar y juzgar este tipo de situaciones que pudieran ser constitutivas de violencia, como adujo Claudia Carrillo en numerosas ocasiones.
En la sentencia avalada por los magistrados de la Sala Superior se especifica que “No existieron actos ni expresiones directas en contra de la actora por el hecho de ser mujer o conductas de acoso laboral, toda vez de que no se tratan de actos ejecutados de forma sistematizada por los colegas del lugar del trabajo, ni mantuvieron el alcance o la fuerza para obstaculizar o minimizar su función como consejera electoral, aunado a que los hechos que quedaron acreditados no se llevaron a cabo en el mismo período al ocurrir en momentos diferenciados, inclusive aislados”.
El fallo de la Sala Superior exime de toda responsabilidad a consejeros y funcionarios del IEQROO así como a representantes de partidos políticos.
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