DIANA ALVARADO 05 JUNIO 2022.- Integrantes del Instituto Electoral de Quintana Roo (IEQROO), en Sesión Extraordinaria con carácter de urgente atendieron la consulta realizada por el ciudadano Emmanuel Torres Yah, en su calidad de representante propietario del Partido de la Revolución Democrática, en relación a la ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, candidata a la gubernatura de la entidad, postulada por la Coalición “Juntos Hacemos Historia en Quintana Roo”, con los siguientes cuestionamientos:
- ¿Cuál es el estatus que guarda la licencia para separarse del cargo como Presidenta Municipal del H. Ayuntamiento de Benito Juárez de la C. María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, misma que fue exhibida ante ese órgano comicial a efecto de acreditar los requisitos de elegibilidad contemplados en el artículo 80 de la Constitución Política del Estado? 2. Con base en lo mencionado en el inciso que antecede, ¿La C. María Elena Hermelinda Lezama Espinosa cumple actualmente con los requisitos constitucionales y legales para poder ser electa a la gubernatura del Estado? Y 3. ¿Ha sido presentada por la C. María Elena Hermelinda Lezama Espinosa o por la Coalición que la postula una nueva licencia para separarse de su cargo como Presidenta Municipal del H. Ayuntamiento de Benito Juárez, y de ser así en qué fecha fue presentada?
Sobre el primer cuestionamiento se informó que, primeramente, debe decirse, que la presentación de una constancia que acredite una licencia del ejercicio de un cargo público no es una exigencia formal prevista de acuerdo a la normativa aplicable, sino que basta que se realice una manifestación por escrito, bajo protesta de decir verdad, en la que se señale que no se encuentra en tal supuesto; manifestación que resulta válida salvo la existencia de prueba indubitable en sentido contrario, para el Instituto, como autoridad de buena fe.
En su momento, el Consejo General se pronunció sobre el registro de la candidatura de la ciudadana de referencia, en el Acuerdo IEQROO/CG/A-081-2022, atendido al marco normativo aplicable, y a la documentales que obran en el expediente de registro, en el que existe constancia declarativa, bajo formal protesta de decir verdad, de la candidata de mérito, en la que señala que cumple con todos los requisitos constitucionales y legales para ser candidata a la gubernatura de la entidad dentro del Proceso Electoral Local en curso actualmente.
En relación a la siguiente pregunta formulada, se manifiesta que a la presente fecha la candidata si cumple con los requisitos de elegibilidad, siendo el caso, que a la presente fecha, de acuerdo a lo planteado con antelación, la condición de elegibilidad de la ciudadana María Elena Hermelinda Lizama Espinosa, para este momento del Proceso Electoral, es firme y definitiva, atendiendo a las disposiciones constitucionales y legales aplicables, así como a la definitividad de los actos electorales.
Y en relación al último cuestionamiento, se contesta que, en los archivos del Instituto, no obra documento alguno en relación a lo cuestionado; sin embargo, acorde a lo expuesto en las interrogantes previamente atendidas, se reitera que la candidata María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, cumple con todos los requisitos constitucionales y legales para ser candidata a la gubernatura de la entidad dentro del Proceso Electoral Local, en curso actualmente.
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