DIANA ALVARADO 20 NOVIEMBRE 2020.- Al aprobar el dictamen que propone la creación de la Ley Federal para la Regulación del Cannabis y que reforma la Ley General de Salud y el Código Penal Federal, la Senadora de la República, Marybel Villegas Canché sostuvo que se hizo con la premisa de lograr una regulación responsable.
La Senadora quintanarroense refirió que en marzo pasado, las comisiones unidas de Justicia, Salud y Estudios Legislativos del Senado, avalaron en lo general el dictamen que permite el uso recreativo de la cannabis para mayores de 18 años.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) fijó el próximo 15 de diciembre como fecha límite para que el Congreso legalice la marihuana, de no cumplirse el Senado estaría incumpliendo el fallo de la Corte.
Villegas destacó que desde que Andrés Manuel López Obrador, asumió la presidencia de la República en diciembre de 2018, puso sobre la mesa el tema de la despenalización de la marihuana y otras drogas como parte de su estrategia para combatir al crimen organizado.
Al aprobarse la Ley para la Regulación del Cannabis, se deben hacer las reformas a la Ley General de Salud y al Código Penal Federal, que estaban detenidas debido a la contingencia por COVID-19.
Marybel explicó que antes de entrar en vigencia, la “Ley general para la regulación del cannabis” deberá pasar a la Cámara Baja para su revisión antes de que finalice la actual legislatura el 15 de diciembre.
La iniciativa, propuesta por el Morena, incluye la creación del Instituto Mexicano para la Regulación y Control del Cannabis como un órgano desconcentrado de la Secretaría de Salud.
El nuevo ente emitirá cinco tipos de licencias para controlar algunos de los actos relacionados con el cultivo, transformación, venta, investigación y exportación o importación de marihuana.
En su primer artículo, la propuesta sostiene que la norma busca “mejorar las condiciones de vida” de los mexicanos y “contribuir a la reducción de la incidencia delictiva vinculada con el narcotráfico”.
Asimismo, la reforma regula los siguientes usos del Cannabis:
a) Uso adulto: (Exclusivo para personas mayores de dieciocho años). Para autoconsumo (de personas físicas en su domicilio) y para Asociaciones (en el domicilio social), así como para comercialización para uso adulto.
b) De investigación (con excepción de la investigación del uso medicinal, puesto que este se encuentra regulado en la Ley General de Salud.
c) Industrial, con excepción del uso industrial para uso medicinal, puesto que este se encuentra regulado en la Ley General de Salud.
La iniciativa estipula que sólo las personas mayores de 18 años podrán cultivar, portar y consumir marihuana y sus derivados, pero con un permiso del Instituto Mexicano para la Regulación y Control del Cannabis. Además, se permitirán 28 gramos de posesión, pero queda prohibido el consumo de cannabis psicoactivo en áreas de trabajo públicas o privadas.
Sé el primer en dejar tu comentario de esta noticia