DIANA ALVARADO 30 ABRIL 2024.- La XVII Legislatura del Estado aprobó reformas a diversos ordenamientos en materia de adopciones, obras públicas, y de educación y primeros auxilios, además de expedir una nueva Ley de Prestación de Servicios Inmobiliarios del Estado.
En sesión ordinaria, el Pleno del Congreso aprobó el dictamen por el que se reforman diversas fracciones de la Ley de Educación del Estado de Quintana Roo, mediante las cuales se faculta a la Secretaría de Educación para que, en coordinación con otras instancias, se puedan brindar cursos de prevención de accidentes y primeros auxilios al personal docente que labora en las instituciones educativas del Estado.
Además, se sometió a consideración del Pleno el dictamen por el que se reforman el artículo 16 y la fracción I del artículo 18 de la Ley de Adopción del Estado de Quintana Roo.
En este sentido, la presente reforma tiene como objetivo eliminar de la Ley de Adopción del Estado de Quintana Roo todas las porciones normativas que hagan referencia a la posibilidad que una persona mayor de edad pueda contraer matrimonio o concubinato con una persona menor de edad.
Por otra parte, la XVII Legislatura aprobó el dictamen con proyecto de decreto por el que se expide la Ley de Prestación de Servicios Inmobiliarios del Estado de Quintana Roo.
Con esta nueva ley se refuerza y reestructura el marco normativo respecto del servicio inmobiliario que se presta en la entidad, a fin de regular y garantizar las operaciones inmobiliarias, brindando seguridad jurídica a las inversiones y al patrimonio de las y los quintanarroenses.
De esta manera se abroga la actual ley en la materia para expedir una nueva Ley de Prestación de Servicios Inmobiliarios del Estado, para el cumplimiento de los propósitos con que fuera diseñado el Registro Estatal de Agentes Inmobiliarios, así como corregir y/o facilitar algunos de los contenidos normativos para que permitan mejorar la interpretación sistemática y su función reguladora.
Finalmente se aprobó el dictamen con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción III del artículo 41 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas del Estado de Quintana Roo, esto con el propósito de actualizarla acorde a lo establecido en el artículo 28 de la misma ley, en el que se establecen los requisitos mínimos que deben contener las bases que emitan las instancias convocantes.
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