El asunto surgió ante el juicio promovido por el ciudadano Jorge David Aljovin Navarro frente a la convocatoria emitida el 16 de febrero pasado por la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados, relativo al proceso para la designación del Comité Técnico de Evaluación, la convocatoria para la elección de consejeras y consejeros electorales del Consejo General del Instituto Nacional Electoral y de sus criterios específicos de evaluación, así como la referida convocatoria.
La Sala Superior mantuvo la convocatoria de la Jucopo y solo ordena modificar lo relativo a la cuarta quinteta, de donde surgirá la presidenta del INE.
Las resoluciones de esta Sala Superior son definitivas e inatacables.
La magistrada Mónica Soto abrió el debate al señalar que es el momento oportuno para que una mujer presida el consejo general del INE; la secundó la magistrada Janine Otálora, al argumentar que desde su creación, el organismo ha sido presidido – al menos en una sesión de su consejo general- por 12 varones y solo dos mujeres, pero de manera provisional y en alguna sesión específica.
Continuó en el mismo argumento el magistrado Felipe de la Mata, al resaltar la necesidad de materializar el principio de paridad y participación sustantiva de las mujeres. “Ya es momento de cumplir el principio de paridad”, añadió.
En tanto, los magistrados Alfredo Fuentes e Indalfer Infante dijeron que con la facultad que se le dio a la Jucopo se cumple con los parámetros dictados por esta Sala Superior, que ahora resulta en que dos de las cuatro quintetas de aspirantes a consejerías del INE sean integradas por varones, una por mujeres y la cuarta, relativa a la persona que ocupará la Presidencia del Consejo General del INE, sea de carácter mixta.
Al final, al votar el proyecto del magistrado José Luis Vargas – quien no asistió a la sesión por hallarse en un acto institucional- el cambio relacionado a la presidencia del consejo general del INE fue votado por cuatro votos en contra y dos a favor, precisamente por el resolutivo de paridad.
Por tanto, se elaborará un engrose, es decir, una explicación detallada del porqué fue modificada la convocatoria de la Jucopo.
“En consecuencia, en el juicio para la protección de los derechos político-electorales de este año y sus relacionados se resuelve:
Primero, se acumulan los juicios señalados en la ejecutoria; segundo, se desechan de plano las demandas de los juicios indicados en la sentencia, y tercero se modifica el acuerdo controvertido en términos de la ejecutoria”.
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