DIANA ALVARADO 07 MAYO 2022.- El Pleno del Tribunal Electoral de Quintana Roo, en sesión pública no presencial determinó por unanimidad de votos declarar la inexistencia de actos anticipados de campaña denunciados a través del Procedimiento Especial Sancionador PES/019/2022.
Dicho medio de impugnación fue presentado por los Partidos de la Revolución Democrática y Acción Nacional en contra de la coalición “Juntos Hacemos Historia en Quintana Roo” y María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, por la posible comisión de infracciones a la normativa electoral, lo cual, a juicio de los quejosos constituye actos anticipados de campaña referentes a un evento multitudinario de apoyo en el registro como candidata a Gobernador de la ciudadana denunciada.
Al respecto, el Pleno por unanimidad de votos, determinó declarar la inexistencia de las conductas denunciadas, debido a que no pudo acreditarse el elemento subjetivo que se exige para determinar este tipo de conductas, es decir, de las constancias que obran en el expediente no hay elemento de convicción, ni se acreditó el llamamiento al voto o algún posicionamiento a favor de la parte denunciada.
Respecto al Procedimiento Especial Sancionador PES/021/2022, fue interpuesto por el Partido Acción Nacional en contra de Angy Estefanía Mercado Asencio, por supuestos actos anticipados de precampaña y campaña, a través de publicaciones realizadas en sus cuentas personales de las redes sociales Facebook, Twitter e Instagram, así como por la entrevista realizada a diversos medios de comunicación con contenido proselitista vulnerando las normas de propaganda electoral, con el objeto de posicionarse ante la ciudadanía de forma anticipada.
En este asunto, el Pleno por unanimidad de votos y a través de un acuerdo plenario acordó reenviar dicho expediente al Instituto Electoral de Quintana Roo para que realice las diligencias necesaria para dejarlo en estado de resolución, puesto que requiere se integre debidamente.
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