Ciudad de México. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), atrajo este lunes el caso de la saxofonista, María Elena Ríos, sobreviviente de un ataque con ácido en 2019, para revisar los amparos promovidos por los acusados, entre ellos el ex diputado priísta, Juan Antonio Vera Carrizal, relacionados con la anulación de un fallo que lo había absuelto.
El máximo tribunal decidió atraer el caso de la artista oaxaqueña por siete votos contra uno, el de la ministra, María Estela Ríos González, a solicitud del ministro presidente, Hugo Aguilar Ortiz y de la ministra, Loretta Ortiz Ahlf.
“Estamos ante un caso de extrema violencia feminicida en la que una mujer fue atacada con ácido en el rostro, poniendo en grave riesgo su integridad y su vida. Estimo que la intervención de esta Suprema Corte permitiría precisar los alcances del principio de inmediación y determinar las atribuciones de un juez sustituto para dejar sin efectos un fallo absolutorio y ordenar la reposición de un juicio oral. Se trata de una cuestión de especial relevancia, no sólo por sus implicaciones para el debido proceso y la seguridad jurídica, sino también para garantizar el acceso efectivo a la justicia de las víctimas de violencia de género”, dijo la ministra, Loretta Ortiz.
Con esta decisión, la Corte analizará si un juez sustituto puede dejar sin efectos la absolución de personas acusadas de tentativa de feminicidio y ordenar la repetición del juicio, luego de que el juez que escuchó las pruebas y dictó el fallo absolutorio fue suspendido de sus funciones, cuando únicamente faltaban la redacción de la sentencia y la audiencia para su lectura y explicación.
“En este caso, propiamente, no vamos a valorar el fondo del asunto sin unas circunstancias o géneros que se presentan al proceso, porque después de haberse llevado la audiencia de juicio oral, se dictó una sentencia absolutoria, y, de manera inmediata, pues, se suspendió al juez que había presenciado la audiencia, se sustituye por otra juez, y la juez, la nueva juez, establece que no, al no estar presente en la audiencia, no tenía la posibilidad de poner por escrito la sentencia, y, al contrario, eso anula todo el juicio”, explicó el ministro presidente Aguilar Ortiz.
Los amparos en revisión que estudiará la Corte son el 278/2024, 279/2024, 38/2025, 55/2025 y 85/2025, provenientes del segundo tribunal colegiado en materias penal y de trabajo del décimo tercer circuito.







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