DIANA ALVARADO 20 JULIO 2022.- El pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó que el comunicado titulado “Gobernadoras y gobernadores de la 4ta transformación” constituyó propaganda gubernamental difundida en el periodo prohibido de la revocación de mandato, así como promoción personalizada y uso indebido de recursos públicos.
Esta decisión deriva de las quejas presentadas por los partidos Acción Nacional, Movimiento Ciudadano y diversas personas contra la jefa de gobierno de la Ciudad de México, Claudia Sheinbaum, y 17 gobernadores morenistas, por difundir en sus cuentas de Twitter y Facebook un comunicado en apoyo al Presidente de la República. Los magistrados de la Sala Superior confirmaron que las personas denunciadas vulneraron las reglas aplicables a la revocación de mandato.
Con lo anterior se confirma el criterio de la Sala Regional Especializada, misma que avaló, en dicho comunicado, la existencia dde propaganda gubernamental durante el periodo prohibido de la revocación de mandato, promoción personalizada, vulneración al principio de imparcialidad y uso indebido de recursos públicos.
Contra esta decisión se presentaron diversos medios de impugnación.
A propuesta de la magistrada Janine Otálora Malassis, en sesión pública por videoconferencia, la Sala Superior emitió su veredicto a partir de ratificar la vía del procedimiento especial sancionador.
Añadió que en el comunicado denunciado, los servidores públicos exaltaron logros del presidente y se hizo referencia a diversos programas y acciones de su gobierno.
Dijeron también que no se requiere el uso de recursos públicos o símbolos del gobierno para que exista la infracción.
El comunicado contiene el nombre y cargo del presidente; se le asocian positiva y benéficamente diversas obras y programas.
De igual forma, la vulneración al principio de imparcialidad implica que se haga promoción para sí o cualquier otro servidor público, que en el caso fue para el Presidente.
Al mismo tiempo confirmó el uso indebido de recursos públicos solo en los casos de Nayarit, Sonora y San Luis Potosí, pero no para el resto de las gubernaturas.
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