DIANA ALVARADO | 15 DE JULIO DE 2026.-La ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), María Estela Ríos González, aclaró que la suspensión otorgada al gobernador de Nuevo León, Samuel García Sepúlveda, no paraliza el juicio político que enfrenta por presuntos actos de corrupción, sino únicamente impide que el procedimiento concluya con una resolución o se ejecuten sus posibles efectos mientras la Corte analiza el fondo del asunto.
A través de una tarjeta informativa difundida por la Suprema Corte, la ministra explicó que la medida cautelar únicamente detiene la ejecución del procedimiento legislativo, por lo que el Congreso de Nuevo León puede continuar con la integración del expediente y el desahogo de las actuaciones correspondientes, sin emitir una resolución definitiva hasta que exista un pronunciamiento del máximo tribunal del país.
Ríos González precisó que la suspensión fue concedida para preservar la materia del litigio y evitar posibles afectaciones irreparables a los derechos de las partes involucradas, mientras la SCJN determina si el procedimiento de juicio político impulsado por el Congreso local se ajusta al marco constitucional.
La aclaración se produjo después de las críticas generadas por la decisión judicial y de las declaraciones de la presidenta Claudia Sheinbaum, quien consideró que la ministra debía explicar públicamente los alcances de la suspensión y los argumentos jurídicos que la sustentan.
El procedimiento de juicio político fue promovido por el Congreso de Nuevo León por presuntas irregularidades atribuidas al gobernador Samuel García. Sin embargo, mientras permanezca vigente la suspensión concedida por la Suprema Corte, el Poder Legislativo estatal no podrá emitir una resolución final ni aplicar sanciones derivadas del proceso.
Con esta precisión, la ministra Estela Ríos sostuvo que la actuación de la SCJN no representa la cancelación del juicio político, sino una medida cautelar temporal para garantizar que el caso se resuelva con apego al orden constitucional y evitar que se produzcan efectos jurídicos antes de que el máximo tribunal emita una resolución definitiva.







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