DIANA ALVARADO 13 AGOSTO 2021.- En sesión pública no presencial, el Pleno del Tribunal Electoral de Quintana Roo por unanimidad de votos determinó existentes las conductas atribuidas a Benito Muñoz Carranza, por la realización de una publicación en la red social Facebook solicitando el voto a los agremiados del sindicato de taxistas “Lázaro Cárdenas del Río”, en periodo de veda electoral, por lo que este órgano jurisdiccional le impuso una amonestación pública.
Al resolver el Procedimiento Especial Sancionador PES/082/2021, que fuera presentado por el Partido Revolucionario Institucional en contra de Benito Muñoz Carranza, por supuestos actos que vulneran las disposiciones electorales que afectan la equidad en la contienda realizadas a través de red social Facebook.
De ahí que, en la sentencia se estima que el denunciado infringió lo dispuesto en el artículo 294 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Quintana Roo, ya que vulneró la veda electoral, es decir, hizo llamamiento al voto en el periodo que tienen los electores para reflexionar su voto, por ello, dichos actos no pueden considerarse al amparo de la libertad de expresión.
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