DIANA ALVARADO 09 AGOSTO 2023.- El pleno de la sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) rechazó, por mayoría de votos, modificar parcialmente los Lineamientos del Instituto Nacional Electoral (INE) para que los aspirantes en los procesos internos de los partidos políticos renuncien a sus cargos públicos, pues los magistrados coincidieron en que sería una restricción “excesiva y desproporcional que vulneraría el derecho de ejercer el cargo”.
En sesión pública, los magistrados no compartieron el proyecto de la magistrada Janine Otálora Malassis, quien proponía que debían modificarse parcialmente los lineamientos para los procesos internos de los partidos políticos, específicamente el artículo 19 para que fuera un requisito obligatorio renunciar al cargo público.
El proyecto no fue avalado en este aspecto por cinco integrantes del pleno de la sala superior, por lo que los aspirantes del Frente Amplio por México podrán mantenerse en sus cargos públicos.
El magistrado presidente del TEPJF, Reyes Rodríguez Mondragón, consideró que no se deben modificar los lineamientos para exigir la separación del cargo de aquellas personas servidoras públicas que participen en los procesos políticos, porque solamente está prevista para los procesos electorales y no para los procesos partidistas.
Argumentó que la exigencia de separación del cargo público es un requisito “excesivo y desproporcional, pues se establecen más exigencias restrictivas que para el proceso electoral”.
En ese mismo sentido se pronunciaron los magistrados Indalfer Infante, Felipe de la Mata, José Luis Vargas, y la magistrada Mónica Soto.
“Estos procesos políticos tienen como finalidad posicionar o definir liderazgos políticos para el próximo proceso electoral y de dirigentes que coordinen esta estrategia (…) y en este sentido estos procesos son políticos y no implica que se está ante un proceso de naturaleza electoral, son procesos políticos internos e imponer como requisito que deban separarse del cargo equivaldría a suponer que se trata de un proceso electoral donde hay actos de campaña”, refirió la magistrada Mónica Soto.
En tanto, el magistrado José Luis Vargas señaló que la medida que se propone busca tutelar un principio de equidad y ejercer un derecho a ser votado, “pero es una expectativa que debe sujetarse a reglas en la materia electoral pero puede anular el derecho a ejercer un cargo público”.
El magistrado Indalfer Infante apuntó que no hay razón ni justificación legal para exigir la separación del cargo. mientras que el magistrado Felipe de la Mata dijo que se trata de un proceso partidista, “no es formalmente de una campaña y por ello no le aplican las reglas constitucionales de precampañas y campañas”.
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