El acuerdo bajo el cual Emilio Lozoya Austin aceptó ser extraditado a México, no sólo lo beneficiaría sino que también podría ayudar a su familia, específicamente a su esposa, madre y hermana, a sortear las acusaciones que hay en su contra.
De acuerdo con Milenio, el ex director de Petróleos Mexicanos (Pemex) tendría que alcanzar el criterio de oportunidad que dependerá de la valoración que haga la Fiscalía General de la República (FGR) sobre la información que proporcione.
El medio explica que en el caso del ex director de Pemex aplicaría la fracción V del artículo 256 del Código Nacional de Procedimientos Penales, que señala: “Cuando el imputado aporte información esencial y eficaz para la persecución de un delito más grave del que se le imputa, y se comprometa a comparecer en juicio”.
Entre las múltiples pruebas que Lozoya Austin asegura tener en sus manos, están 16 horas de video y grabaciones en donde políticos de la oposición recibirían millonarios sobornos a cambio de que se aprobara la Reforma Energética, la cual abrió el camino para la apertura del sector a la iniciativa privada.
Todo parece indicar que la figura jurídica bajo la cual Lozoya Austin participaría con las autoridades mexicanas es la de “testigo colaborador” la cual se establece en la Ley federal de protección para las personas que intervienen en el procedimiento penal, de la siguiente manera:
“Es la persona que accede voluntariamente a prestar ayuda eficaz a la autoridad investigadora, rindiendo al efecto su testimonio o aportando otros medios de prueba conducentes para investigar, procesar o sentenciar a otros sujetos.
“Podrá ser testigo colaborador, aquella persona que haya sido o sea integrante de la delincuencia organizada, de una asociación delictiva, o que pueda ser beneficiario de un criterio de oportunidad”.
Respecto a esta figura jurídica, la fracción X de Ley federal de protección para las personas que intervienen en el procedimiento penal, señala:
“Todo aquel individuo que pueda verse en situación de riesgo o peligro por su intervención en un procedimiento penal. Asimismo, dentro de dicho concepto se considerarán a las personas ligadas con vínculos de parentesco o afectivos con el testigo, víctima, ofendido o servidores públicos, que se vean en situación de riesgo o peligro por las actividades de aquellos en el proceso”.
Marielle Helene Eckes y Gilda Susana Lozoya Austin, cuentan con órdenes de aprehensión por el caso en contra del ex director de Pemex y actualmente están prófugas de la justicia.
En lo que respecta al caso de la madre de Emilio Lozoya, la señora Gilda Austin, es más sencillo, ya que aunque fue vinculada a proceso, por su edad (71 años), le fue impuesto arraigo domiciliario por los delitos de asociación delictuosa y lavado de dinero.
Con información de Infobae
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