DIANA ALVARADO 30 JUNIO 2020.- El Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo (IEQROO), en Sesión Ordinaria virtual aprobó proyectos de resolución de procedimientos ordinarios sancionadores; se aprobó una resolución de queja; se dio respuesta al escrito presentado por el Secretario General del PVEM; se aprobó las medidas para la atención y sustanciación de los procedimientos administrativos sancionadores locales y medidas cautelares derivados del retorno ordenado, gradual y escalonado a las actividades presenciales, ante la pandemia generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19); y el informe de los procedimientos de adjudicación tramitados a través del Comité de Contrataciones, Adquisiciones y Bajas del Instituto del 14 de febrero al 24 de junio de 2020.
Respecto al Procedimiento Ordinario Sancionador registrado bajo el número IEQROO/POS/002/2020, se dio vista a este Instituto de la Resolución INE/CG463/2019, respecto de las irregularidades encontradas en los informes anuales de ingresos y gastos del Partido Acción Nacional correspondiente al ejercicio 2018, por lo que este Consejo General determinó como sanción una amonestación pública al omitir editar por lo menos una publicación semestral y las revistas de carácter trimestral correspondiente al ejercicio en mención.
En lo que se refiere al Procedimiento Ordinario Sancionador registrado bajo el número IEQROO/POS/003/2020, se dio vista a este Instituto de la Resolución INE/CG465/2019, respecto a las irregularidades encontradas en los informes anuales de ingresos y gastos del Partido de la Revolución Democrática correspondiente al ejercicio 2018, por lo que este Consejo General determinó como sanción una amonestación pública al omitir editar por lo menos una publicación semestral y las revistas de carácter trimestral correspondientes al ejercicio 2018.
Siguiendo con el orden del día, el Procedimiento Ordinario Sancionador registrado bajo el número IEQROO/POS/004/2020, se dio vista a este Instituto Electoral local, de la Resolución INE/CG466/2019, respecto a las irregularidades encontradas en los informes anuales de ingresos y gastos del Partido del Trabajo, correspondientes al ejercicio 2018”, por lo que este Consejo General determinó como sanción una amonestación pública al PT por omitir editar por lo menos una publicación semestral y las revistas de carácter trimestral correspondientes al ejercicio 2018.
En relación al Procedimiento Ordinario Sancionador identificado con el número IEQROO/POS/005/2020, se dio vista a este Instituto de la Resolución INE/CG467/2019, respecto a las irregularidades encontradas en los informes anuales de ingresos y gastos del Partido Verde Ecologista de México, correspondientes al ejercicio 2018”, por lo que el Consejo General determinó como sanción una amonestación pública, pues el sujeto obligado omitió editar por lo menos una publicación semestral y las revistas de carácter trimestral correspondientes al ejercicio 2018.
En cuanto al procedimiento ordinario sancionador identificado con el número IEQROO/POS/006/2020, se dio vista a este Instituto de la Resolución INE/CG472/2019, respecto de las irregularidades encontradas en el dictamen consolidado de la revisión de los informes anuales de ingresos y gastos del Partido Confianza por Quintana Roo, correspondientes al ejercicio 2018”, por lo que el Consejo General del IEQROO determinó como sanción una amonestación pública, lo anterior con fundamento en el artículo 406 fracción I, inciso a) de la Ley Local.
Sobre el Procedimiento Ordinario Sancionador identificado con el número IEQROO/POS/007/2020, se dio vista a este Instituto de la Resolución INE/CG464/2019, respecto de las irregularidades encontradas en el dictamen consolidado de la revisión de los informes anuales de ingresos y gastos del Partido Revolucionario Institucional, correspondientes al ejercicio 2018”, se impone como sanción al PRI una amonestación pública, lo anterior con fundamento en el artículo 406 fracción I, inciso a) de la Ley local.
El Procedimiento Ordinario Sancionador identificado con el número IEQROO/POS/008/2020, se dio vista a este Instituto de la Resolución INE/CG472/2019, respecto de las irregularidades encontradas en el dictamen consolidado de la revisión de los informes anuales de ingresos y gastos del Partido Movimiento Auténtico Social, correspondientes al ejercicio 2018”, por las razones expuestas se impone como sanción al partido MÁS una amonestación pública, lo anterior con fundamento en el artículo 406 fracción I, inciso a) de la Ley local.
En otro punto del orden del día, sobre del proyecto de resolución del Consejo General del IEQROO, determinó respecto de la queja registrada bajo el número IEQROO/POS/016/2020, misma que se dio vista a este Instituto en la Resolución INE/CG462/2019. Esta autoridad se encuentra jurídicamente impedida de admitir a trámite un Procedimiento Ordinario Sancionador en contra del Partido Nueva Alianza, toda vez que a la fecha que nos ocupa el mismo ya no existe, pues tal como ya se ha establecido con anterioridad el Partido Nueva Alianza perdió su registro como partido político nacional, así como su acreditación ante este Instituto.
En otro tema, el Consejo General del IEQROO dio respuesta al escrito presentado por el Secretario General del PVEM, José de la Peña Ruiz de Chávez, en relación a la solicitud de que este Instituto Electoral Local, autorice el uso exclusivo de la prerrogativa económica correspondiente a este Instituto Político para poder comprar o adquirir insumos alimenticios y/o médicos para poder destinarlo por este Instituto Político a la población más vulnerable en nuestro estado, derivado de la crisis que vivimos a causa de la pandemia del virus SARS-CoV2.
En ese sentido, el Consejo General del IEQROO, aclaró que corresponde al Consejo General del INE, a través de la Comisión de Fiscalización y con el apoyo de la Unidad Técnica de Fiscalización, la fiscalización de los partidos políticos. En consecuencia, y por las consideraciones expuestas, este órgano comicial local determina que no es dable circunstancia alguna en la que los partidos políticos puedan destinar el financiamiento público a fines distintos a los constitucional y legalmente previstos, aún en casos excepcionales como la emergencia sanitaria que acontece hoy en día a nivel nacional, cuya responsabilidad de atención coordinada corresponde a las autoridades federales, estatales y municipales de acuerdo al marco normativo aplicable.
Siguiendo con el orden del día se aprobaron las medidas para la atención y sustanciación de los procedimientos sancionadores locales y en la emisión de medidas cautelares en el contexto de la epidemia generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19) a la conclusión de la Jornada Nacional de Sana Distancia y dentro de la etapa de retorno ordenado, gradual y escalonado a las actividades presenciales.
Finalmente, se aprobó el informe de los procedimientos de adjudicación tramitados a través del Comité de Contrataciones, Adquisiciones y Bajas del Instituto Electoral de Quintana Roo, correspondiente del 14 de febrero al 24 de junio de 2020.
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