IQCANCÚN 7 MARZO 2019. – El Instituto Electoral de Quintana Roo (IEQROO) se ha ocupado que las mujeres ocupen y tengan un 50 por ciento de espacios, en los cargos de elección popular como en las actividades productivas y toma de decisiones, al igual que los hombres, expresó la Consejera Electoral y presidenta de la Comisión Transitoria de Igualdad entre Mujeres y Hombres, Thalía Hernández Robledo, en el marco de la conmemoración del “Día Internacional de la Mujer”.
Señaló que desde el 8 de marzo de 1975 se conmemora la lucha de la mujer por su reconocimiento como integrante activa, productiva en la sociedad y en su desarrollo como persona, en ese sentido, dijo, que el Instituto ha establecido desde el proceso anterior y en este proceso electoral a realizarse el 2 de junio del año en curso, criterios en materia de paridad en las cuestiones de candidatos, como el que se vivirá próximamente para la renovación de la XV Legislatura del Congreso del Estado.
En este sentido, dijo, se implementó una serie de pláticas con el tema: “Criterios a seguir en el registro de candidaturas en materia de paridad, en las fórmulas de diputaciones que se postulen en el proceso electoral local ordinario 2018-2019”, dirigido a las y los integrantes de los 15 Consejos Distritales para que apliquen y hagan cumplir durante la etapa del registro de candidaturas dichos lineamientos, así como también difundan a la ciudadanía estos criterios y conozcan de qué se trata y cómo aplicarán durante las próximas elecciones del 2 de junio.
Durante la plática a los integrantes de los Consejos Distritales 13, 14 y 15 se dio a conocer cómo los partidos políticos establecerán en forma paritaria la participación equitativa e igualitaria de hombres y mujeres.
Explicó que en estas pláticas a las y los integrantes de los Consejos Distritales se les hizo del conocimiento sobre las tres vertientes de paridad que deben cumplir los partidos políticos a la hora de designar a sus candidatas y candidatos que son: la paridad vertical, la paridad horizontal y la paridad transversal.
En el primero de los casos, señaló que, los partidos políticos al momento de postular sus listas de Representación Proporcional, lo harán de forma alternada, es decir, si la lista la encabeza una mujer quien debe seguir es un hombre, y así sucesivamente o viceversa.
En el caso de la paridad horizontal, se refiere que en el total de las postulaciones que cada partido político haga de sus candidatos y candidatas, deberá ser el 50 por ciento hombres y el 50 por ciento mujeres, ejemplificó que, si un partido político participa en los 15 Distritos electorales, tendrán que postular ocho mujeres y siete hombres u ocho hombres y siete mujeres.
La paridad transversal establece que los partidos políticos postulen en forma paritaria, es decir, la misma cantidad de hombres y mujeres en los Distritos que en los resultados de la última elección hayan resultado ganadores o perdedores, para ello se establecieron tres bloques de competitividad por cada partido político, en los primeros cinco que hayan obtenido la mejor votación, deben postular a tres hombres y dos mujeres o viceversa.
Y, en los Distritos que menos votaciones obtuvieron los últimos cinco, deben de postular de igual manera por ejemplo dos mujeres y tres hombres o viceversa; lo que se busca con este tipo de paridad es que ni se postule a puras mujeres en Distritos perdedores ni se postule a puros hombres en Distritos ganadores.
Destacó que antes de la reforma política electoral de 2014 se hablaba y aplicaba lo que se denomina equidad de género, pero a raíz de la reforma se habla y aplica la paridad de género, es decir, el 50 por ciento hombres y 50 por ciento mujeres para los cargos de elección popular, principio de paridad previsto en todas las normas que tienen que ver con la materia.
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