DIANA ALVARADO 13 MAYO 2022.- Por unanimidad de votos, el Pleno del Tribunal Electoral de Quintana Roo, resolvió cuatro asuntos en sesión pública no presencial y en uno de ellos, declaró la existencia de las conductas denunciadas e impuso amonestación pública a candidata a la gubernatura y la coalición que la postula.
En el Procedimiento Especial Sancionador PES/024/2022, que presentara el Partido de la Revolución Democrática en contra de María Elena Hermelinda Lezama Espinosa y la coalición “Juntos Hacemos Historia en Quintana Roo”, por la presunta vulneración y exposición de propaganda electoral que supuestamente vulnera el interés superior de la niñez, el Pleno determinó existentes las violaciones objeto de la denuncia atribuidas a Lezama Espinosa, en su calidad de candidata a la Gubernatura del Estado de Quintana Roo, y a la Coalición “Juntos Hacemos Historia en Quintana Roo”, conformada por los partidos políticos Verde Ecologista de México, del Trabajo, MORENA y Fuerza por México Quintana Roo a través de la figura de culpa in vigilando, por lo que les impuso a ambos una amonestación pública.
Lo anterior, debido que de las constancias en el expediente se evidenció que los hechos denunciados en la queja, constituyen un riesgo a la afectación de los derechos de los menores que fueron expuestos mediante la propaganda electoral alojada en redes sociales de Facebook, Instagram y Twitter.
En el caso del Juicio Ciudadano JDC/018/2022, que fuera interpuesto por Laura Esther Andrade Díaz en contra de la Comisión de Justicia del Consejo Nacional del Partido Acción Nacional y la resolución que emitiera dicha comisión el 20 de abril de 2022, el Pleno determinó sobreseer este medio de impugnación por no haberse presentado dentro de plazo legal de 4 día, contados a partir de la fecha en que tuvo conocimiento de la respuesta otorgada a su consulta.
Respecto al Recurso de Apelación RAP/019/2022, que promovió el partido político Morena en contra de la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Electoral de Quintana Roo y el Acuerdo IEQROO/CQYD/A-MC041/2022 del 02 de mayo de 2022, por medio del cual se determina la improcedencia de las medidas cautelares solicitadas en el expediente registrado IEQROO/PES/048/2022, el Pleno determinó como infundados los agravios señalados por el impugnante, toda vez que la autoridad responsable –IEQROO- al identificar la presencia de los elementos de tipo sancionador de la calumnia, advirtió que no se actualiza bajo la apariencia del buen derecho, actos constitutivos de calumnia atribuibles al denunciado, puesto que dicho mensaje se encuentra dentro de los límites de la libertad de expresión, por lo que decidió confirmar dicho Acuerdo.
Finalmente, el Procedimiento Especial Sancionador PES/025/2022, fue presentado por el Partido Movimiento Auténtico Social en contra de Isaura Ivanova Pool Pech y otros, por la supuesta realización de campaña en el distrito 01, caminando de la mano con el candidato Julián Ricalde Magaña, postulado por Fuerza por México Quintana Roo al interior de la coalición “Juntos Hacemos Historia en Quintana Roo”, información que circula en la red social Facebook, con el objetivo de crear confusión y favorecerse ante el electorado, creando confusión y atentado la equidad de la contienda.
Al respecto, el Pleno determinó declarar inexistentes las infracciones atribuidas a Pool Pech, así como a los partidos que integran la coalición “Juntos Hacemos Historia en Quintana Roo”, toda vez que del caudal probatorio no se advierten expresiones o frases específicas por las cuales la denunciada pretenda realizar un posicionamiento indebido en un distrito distinto como candidata suplente, sin existir mayor elemento que soporte la pretensión de la parte denunciante.
Se anexa el link de la sesión de hoy: https://youtu.be/D5DEuWAAaeE
Y en estrados electrónicos se harán públicas las resoluciones aprobadas en la sesión de Pleno de hoy (13/052022) https://bit.ly/3IWSsYB
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