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INE ajusta lineamientos para fiscalizar procesos rumbo a 2024

INE ajusta lineamientos para fiscalizar procesos rumbo a 2024

INE ajusta lineamientos para fiscalizar procesos rumbo a 2024

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DIANA ALVARADO 26 JULIO 2023.- El proyecto de lineamientos para fiscalizar los procesos en curso de los bloques partidistas beneficiaría a la oposición pues permitiría que sus aspirantes presidenciales sigan en cargos públicos. Además se abonaría al gasto ordinario de los partidos todas las encuestas divulgadas con fines de propaganda, sean o no contratadas por los contendientes.

A horas de que venza el plazo otorgado por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) al Instituto Nacional Electoral (INE) para la elaboración de los citados lineamientos, se continuaba afinando el proyecto.

Según fuentes consultadas, esta mañana se reunieron consejeros con algunos representantes de los partidos políticos y de manera simultánea, se hacían ajustes, a fin de votar el proyecto esta noche en el consejo general del INE.

El tema de los servidores públicos toma relevancia para los bloques, toda vez que los aspirantes de Morena y aliados renunciaron a sus cargos, mientras que de la oposición (PAN, PRI y PRD), siguen siendo legisladores, tal es el caso de las senadoras Xóchitl Gálvez y Beatriz Paredes, así como del diputado Santiago Creel.

El anteproyecto de lineamientos confirma que se aplicarán los parámetros del reglamento de fiscalización del INE, pero se abrió una suerte de corchete para meter normas nuevas a los procesos que el TEPJF ha señalado como válidos, pese a que se desarrollan semanas antes del inicio del proceso electoral federal 2023-2024, el cual inicia el 4 de septiembre y con una anticipación mayor al inicio de precampañas, programadas a partir de la tercera semana de noviembre entrante.

Así, los partidos deberán cumplir con todos los pasos, desde notificar al INE quienes son sus “personas inscritas” hasta hacerle saber, por anticipado, la agenda de cada una. Los verificadores del INE no deberán ser identificados públicamente, y una acción contraria será sancionada.

De la misma manera, como se ha divulgado, si bien las autoridades electorales reconocen que los procesos partidistas son esquemas para perfilar a su futuro candidato o candidata presidencial, en los lineamientos se hace énfasis en que todas las acciones no deben ser proselitistas. O sea, no debe haber llamados al voto ni presentar plataformas electorales.

Tampoco pueden usar expresiones “que se interpreten como la continuidad de programas de gobierno o la presentación de una plataforma electoral”.

No está permitida, por tanto, la entrega de beneficios y la propaganda no podrá colgarse en elementos del equipamiento urbano ni obstaculizar la visibilidad de señalamientos para los peatones.

Toda la propaganda permitida deberá retirarse una semana después a la publicación de resultados (que en el caso de la oposición será el 3 de septiembre y de Morena el 6 de ese mismo mes).

Servidores públicos y uso de recursos

El artículo 15 de los lineamientos recalca lo establecido en la Constitución y en las leyes electorales respecto de la conducta imparcial que deben observar los funcionarios,por lo que no pueden manifestarse en favor de las “personas inscritas” y tampoco pueden utilizar la propaganda gubernamental para promocionarse ni promocionar a otras personas,en este caso, de los procesos políticos en curso.

Si bien el artículo 17 dice que las personas servidoras públicas pueden asistir a los eventos de los bloques partidistas en días inhábiles, deben abstenerse de tener una participación activa ahí.

No obstante, el artículo 18 del documento circulado este miércoles distingue en este grupo de servidores públicos a los legisladores, toda vez que:

“Las personas legisladoras federales pueden acudir a los eventos en días y horas hábiles, siempre y cuando no se distraigan de su participación en las actividades legislativas a su cargo.

“A quienes sean además Personas Inscritas (como se las llama en los lineamientos a los aspirantes presidenciales) no se les serán aplicables las restricciones de participación establecidas para personas servidoras públicas”.

En cuanto al tema de las encuestas, el artículo 14 indica: “En los casos en que la encuesta sea contratada por los partidos políticos nacionales o personas inscritas en el marco de un proceso político, deberá computarse su costo como gasto ordinario. De igual manera será computado como gasto ordinario el costo de la encuesta que no habiendo sido contratada por sujetos obligados se utilice con fines de propaganda”.

Igualmente, el proyecto de lineamientos confirma resoluciones del TEPFJ y del INE en cuanto a los utilitarios comercializados en los mítines, como los muñecos conocidos como Amlitos, toda vez que el artículo 52 indica que si durante los monitoreos y visitas de verificación se detecta la venta de este tipo de artículos “o algún otro que posea las características definitorias de propaganda política o electoral relacionadas con los sujetos obligados o personas inscritas, únicamente deberá asentarse en el acta tal situación.

“Sin embargo – subraya- se contabilizará como hallazgo aquellos artículos promocionales visibles o que sean portados por las personas asistentes dentro de los eventos y sean coincidentes con los artículos detectados en venta. La Unidad Técnica de Fiscalización podrá cuantificar el beneficio a la Persona Inscrita”.

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