El cómputo distrital de una elección es la suma que realiza el consejo distrital, de los resultados anotados en las actas de escrutinio y cómputo de las casillas instaladas en el distrito electoral, de conformidad con el párrafo 1 del artículo 309 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE).
De acuerdo con el artículo 310, párrafo 1 LGIPE, los consejos distritales sesionan a partir de este miércoles para hacer el cómputo distrital de cada una de las elecciones finalizando a más tardar el próximo sábado 8 de junio.
Los Cómputos Distritales se realizarán por orden, según el tipo de elección: primero, los respectivos a la Presidencia de la República; luego, los de Diputaciones Federales y, finalmente, los de Senadurías.
En este contexto, de acuerdo con el artículo 311 de la LGIPE el cómputo distrital consiste en el cotejo de los resultados del acta de escrutinio y cómputo contenida en el expediente de la casilla con los resultados del acta que obra en poder del presidente o presidenta del consejo distrital. Ahora bien en caso de que los resultados de las actas no coincidan, o se detectaren alteraciones evidentes, o no existiere el acta en el expediente o no obre en poder del presidente o presidenta del consejo, o existan errores o inconsistencias en el apartado de las actas, o el número de votos nulos sea mayor a la diferencia entre los candidatos ubicados en el primero y segundo lugares en la votación, o todos los votos sean a favor de un mismo partido, se procederá al recuento de votos, el cual implica la apertura de los paquetes electorales en cada distrito electoral, para realizar nuevamente el escrutinio y cómputo de la casilla.
En tal sentido, con el fin de contribuir a dar certeza, objetividad y legalidad a los resultados electorales de la elección, el día de ayer 4 de junio se realizaron reuniones de trabajo, acompañados de las representaciones de los partidos políticos con el propósito de determinar, el total de paquetes que serán susceptibles de ser recontados en cada consejo distrital.
Por lo que se determinó para Quintana Roo el recuento de actas clasificadas de la siguiente manera:
Elección para la presidencia de la República son un total de 1,837:
01 distrito en Playa del Carmen: 497;
02 distrito en Othón P. Blanco: 363;
03 distrito en Benito Juárez: 521;
04 distrito en Benito Juárez: 456
Para la elección a diputaciones son 1,907
01 distrito en Playa del Carmen: 518;
02 distrito en Othón P. Blanco: 394;
03 distrito en Benito Juárez: 525;
04 distrito en Benito Juárez: 470
En la elección a senadurías son un total de 1,902 :
01 distrito en Playa del Carmen: 511;
02 distrito en Othón P. Blanco: 377;
03 distrito en Benito Juárez: 542;
04 distrito en Benito Juárez: 472
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