DIANA ALVARADO 04 ENERO 2022.- El Instituto Nacional Electoral, instaló los 32 consejos locales para la eventual organización de la revocación de mandato, éstos serán los encargados de implementar y supervisar los procedimientos para el desarrollo de este ejercicio de participación ciudadana.
Luego de que el órgano electoral acató tanto las medidas precautorias dictadas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) que ordenó continuar con los trabajos preparatorios de la revocación de mandato, éstos van en curso.
Al momento, continúa con el proceso de verificación y validación de firmas que son necesarias para cumplir el requisito constitucional del respaldo del tres por ciento de personas inscritas en la Lista Nominal y que corresponda a por lo menos 17 entidades federativas para emitir la convocatoria.
Los consejos locales y los distritales (que se instalarán el próximo 10 de enero) están integrados por los consejeros que participaron en el pasado proceso electoral del 6 de junio; así como en la Consulta Popular que se celebró en agosto de 2021.
Estas instancias son las encargadas de la implementación de los procedimientos para el desarrollo de la revocación de mandato, en los términos que precisan los Lineamientos, el Consejo General y la Junta General Ejecutiva del INE.
Por ello, determinarán el número y ubicación de las casillas básicas, contiguas, extraordinarias e incluyendo las especiales, que serán instaladas en el ámbito geográfico de su competencia, considerando lugares de fácil acceso y que deberán procurar la accesibilidad de personas adultas mayores o personas con discapacidad.
Asimismo, serán los responsables de identificar y proporcionar el equipamiento y el acondicionamiento requerido en los lugares donde se instalarán las casillas.
Las mesas directivas de casilla, se integrarán con: un presidente, un secretario, un escrutador y al menos un suplente general, quienes deberán cumplir los requisitos para ser funcionarios de casilla.
Para el desarrollo de la revocación de mandato, los consejos distritales deberán supervisar y participar en el reclutamiento, selección y contratación de las personas que prestarán sus servicios como supervisor y capacitador electoral.
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