DIANA ALVARADO 08 JUNIO 2023.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó completamente la Ley para la Transparencia, Prevención y Combate de Prácticas Indebidas en Materia de Contratación de Publicidad, debido a que tanto en la Cámara de Diputados como en el Senado se cometieron varias violaciones al proceso legislativo, el principal de ellos, que el dictamen no fue repartido entre los legisladores con la anticipación necesaria para estudiarla debidamente, antes de su votación.
n el debate, la ministra presidenta, Norma Lucía Piña Hernández y el ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, difirieron sobre si los integrantes del máximo tribunal son o no electos democráticamente.
Esta ley, vigente desde junio de 2021, regula la actuación de las agencias para prohibirles revender espacios de publicidad, además de que obliga a los medios de comunicación a facturar directamente al anunciante, sin ninguna mediación.
Al argumentar el sentido de su voto, Zaldívar señaló que la Corte debe ser cuidadosa al revertir decisiones del Poder Legislativo, pues a diferencia de los diputados y senadores, los ministros no fueron electos democráticamente.
“No todas las violaciones al procedimiento legislativo tienen efecto invalidante, tienen que ser suficientemente graves porque hay que ser un principio de autonomía y de trabajo del congreso, del legislador democráticamente electo. Nosotros no somos electo democráticamente, de tal suerte que el sustento de nuestras decisiones tiene que estar en la Constitución y solamente cuando se afecta el debate democrático o las reglas esenciales del procedimiento me parece que nos es estable invalidar un procedimiento legislativo, de lo contrario, desde mi punto de vista, creo que estamos en una cuestión de cuestionable legitimidad democrática y de afectación a la división de poderes”, advirtió Zaldívar.
En respuesta, Piña reviró: “Respetuosamente no comparto, respetuosamente, los comentarios de qué nosotros no somos electos democráticamente. Es un sistema establecido en la Constitución y tampoco comparto que realizar nuestra labor como tribunal constitucional implique una afectación a la división de poderes, con todo respeto.”
Zaldívar contestó que existe desde hace años un debate en el ámbito jurídico sobre el carácter contra mayoritario de los Poderes Judiciales en todo el mundo y es en esta naturaleza que se funda su naturaleza, pero también sus limitaciones.
“Que no somos electos democráticamente es una realidad, que eso nos pueda inhibir a hacer nuestra labor constitucional, yo creo que no, tenemos una legitimidad constitucional, pero hay una enorme doctrina sobre el carácter contra mayoritario de la justicia constitucional”, apuntó Zaldívar.
La ministra presidenta insistió en que, al ser propuestos por el titular del Ejecutivo y designados por el Senado, su origen sí es democrático.
“Yo puedo decir también que, si somos propuestos por el Poder Ejecutivo, que él es electo democráticamente y designados por el Legislativo, que también tiene un origen democrático, partiendo de esa conformación también hay una amplia doctrina al respecto, pero no es motivo de discusión”, señaló Piña, y dio por terminado el debate.
La invalidación de la ley impugnada se resolvió por mayoría de ocho votos, en contra estuvieron Zaldívar, Loretta Ortiz Ahlf y Yamín Esquivel Mossa.
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