DIANA ALVARADO 08 JUNIO 2022.- El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) emitió un llamado de atención a candidatos para que tengan un mayor margen de tolerancia a la crítica, siempre que las expresiones no sean en detrimento de la dignidad, y “soportar mensajes incómodos”, dijo en uno de los casos resueltos hoy.
En el contexto de distintas denuncias de quienes se sienten agraviados, los magistrados de la Sala Superior del TEPJF revocaron una resolución del Tribunal Electoral de Aguascalientes que había avalado la comisión de calumnia en contra de la candidata de la coalición PAN-PRI-PRD al gobierno de Aguascalientes, Teresa Jiménez, por la difusión de un video en el que su contrincante de Morena, Nora Ruvalcaba, la criticaba por su gestión como alcaldesa.
En la sesión de este miércoles, se aprobó por unanimidad el proyecto que a la letra dice:
Del análisis del video materia de la denuncia no se observa que lo manifestado constituya la imputación de un delito o de un hecho falso a sabiendas de su falsedad sino que se refiere a la perspectiva de la candidata de Morena sobre una problemática del sistema del Agua en Aguascalientes y lo que consideró fue una mala gestión de la candidata de la coalición Va por Aguascalientes (Teresa Jiménez) cuando fue presidenta municipal, de cuyas acciones se manifiesta de forma severa.
Además la candidata criticada ha sido servidora pública y en ese sentido debe de tener mayor tolerancia a la crítica respecto de la forma en que ha desempeñado sus funciones por ser cuestiones de interés público.
Así que está sujeto a un mayor nivel de escrutinio, valoración y cuestionamiento, y en esa medida debe soportar los comentarios aunque sean incómodos”.
Por tanto, los magistrados señalaron que el mensaje del promocional es un discurso protegido por la liberad de expresión en el contexto de un debate vigoroso y plural de un tema de interés general que prioriza la libre circulación de la crítica, incluso de la vehemente o perturbadora.
“Por tanto, se propone revocar lisa y llanamente la resolución impugnada, lo que hace innecesario analizar los argumentos de la parte actora”.
No nes violencia de género: TEPJF
Más adelante, en un asunto relacionado con la contienda en Quintana Roo, esta vez los magistrados hicieron un llamado similar a la morenista Elena Lezama quien acusó violencia política de género por uno de sus contendientes, de Movimiento Ciudadano, José Luis Pech.
“En el proyecto se propone confirmar la resolución impugnada porque las expresiones denunciadas no constituyen violencia política de género ni en su vertiente simbólica ya que no se basan en estereotipos de género sino que son una crítica válida que forma parte del debate político en el contexto de un proceso electoral”.
“Lo anterior, ya que las expresiones no son cuestionamientos exclusivos al género femenino sino sería igualmente válido si se dirigieran a las candidaturas encabezadas por hombres, ya que se dirigen a criticar la supuesta relación de la recurrente con los partidos políticos que integran la coalición que la postuló, con los personajes vinculados a uno de los partidos políticos y su gestión como servidora pública.
“A juicio de esta sala superior, quienes participen en una contienda electoral, independientemente de su género, deben tener un margen de tolerancia mayor frente a juicios valorativos, apreciaciones o aseveraciones cuando se involucren temas de interés y del dominio público, siempre y cuando no sea en detrimento de la dignidad humana como sucedió en este caso. En consecuencia el proyecto propone confirmar la resolución controvertida”.
La Magistrada Mónica Soto votó en contra. Señaló que este es otro caso en el que se permite, a partir de la rijosidad, las violencias hacia las mujeres y de estereotipos del sistema patriarcal.
Por tanto votó en contra al tener la certeza, dijo, de que las expresiones denunciadas “por supuesto contienen un elemento de género, por supuesto que contienen estigmatización en contra de las mujeres y estereotipos de las mujeres en política”.
Advirtió que ello no se puede normalizar si se intenta desnaturalizar las violencias, como las expresiones de: ‘dependes de un hombre’, ‘no sirves para nada’.
Consideró que en este caso se actualiza la “violencia simbólica” hacia la candidata, razón por la cual lo procedente debería ser revocar la determinación del Tribunal de Quintana Roo.
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