DIANA ALVARADO 18 MARZO 2022.- La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) ordenó al dirigente nacional de Morena, Mario Delgado, y a este partido retirar un par de videos y promocionales difundidos en redes sociales y en radio y televisión en los que promueven la revocación de mandato. Lo anterior al sostener que, según la acción de inconstitucionalidad 151/2021 de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), los grupos políticos no pueden realizar acciones de este tipo.
En una sesión extraordinaria realizada esta mañana, el consejero electoral Ciro Murayama señaló que si bien ayer se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) un decreto por el que se interpreta el alcance de propaganda gubernamental, el principio de imparcialidad y aplicación de sanciones, esto “nada tiene que ver con las restricciones a los partidos políticos”.
Enfatizó que “de ninguna manera puede desprenderse que lo que se publicó ayer en el Diario Oficial de la Federación abre la puerta a que los partidos se vuelvan protagonistas de la revocación de mandato. No hay nada sobre partidos en ese acuerdo, es para servidores públicos, para gobernantes” y la restricción de la Corte “sigue cabal, completa y vigente”,
En este sentido, recordó que en la acción de inconstitucionalidad 151/2021, del primero de febrero del año pasado, la SCJN expuso de manera textual: “La participación de los partidos políticos no tiene cabida en este mecanismo de democracia directa dado que es un ejercicio en el que los propios ciudadanos advierten la necesidad de proponer que en este caso al presidente de la República le sea revocado el mandato que le fue conferido popularmente y por ende que deje de desempeñarlo debiendo entonces encomendarse tal ejercicio a una persona diversa”.
Lo dicho por Murayama fue respaldado por las consejeras Claudia Zavala y Adriana Favela, quienes coincidieron que ya la SCJN “llegó a la conclusión de que (los partidos políticos) no pueden difundir la revocación”.
La Comisión de Quejas y Denuncias conoció de dos medidas cautelares contra Morena. La primera fue promovida por PRI y PRD , que denunciaron a Mario Delgado por la difusión de dos videos en Facebook, Twitter y YouTube, de propaganda política y el probable uso de recursos públicos, al promocionar la participación ciudadana para el ejercicio de revocación de mandato.
Así, se ordenó al presidente del Comité Ejecutivo Nacional de Morena, así como a dicho partido político que, de inmediato, en un plazo que no podrá exceder de tres horas, eliminen las publicaciones denunciadas. También se dio vista a la Unidad Técnica de Fiscalización para que analice si hay uso indebido de recursos, pues se advirtió que la publicación realizada en Facebook tiene la característica de publicidad pagada.
En un segundo asunto, la Comisión declaró procedente las medidas cautelares solicitadas por el PRD en contra de Morena por el supuesto uso indebido de la pauta con la difusión de los promocionales denominados México nos necesita V1 y México nos necesita V2 pautados para radio y televisión, que, en según el quejoso, en tiempo ordinario interfiere en el proceso de revocación de mandato al posicionar la imagen del Ejecutivo federal, además de que se condiciona el voto de la ciudadanía a favor de éste. Así, ordenó el retiro del material denunciado.
Por otra parte, Morena presentó queja en contra de la publicación realizada el pasado 13 de marzo en el portal del PAN, así como en las redes sociales Twitter y Facebook, de su dirigente nacional, Marko Cortés, que presuntamente contiene manifestaciones calumniosas en contra del quejoso, aunado a que, según éste, se pretende restarle simpatía en el marco de los procesos locales en curso, así como en los ejercicios de democracia participativa.
La Comisión estimó improcedentes las cautelares, pues, bajo la apariencia del buen derecho, las expresiones contenidas en el material denunciado constituyen la perspectiva, crítica u opinión del presidente nacional del PAN y de ese partido, en torno a temas que son de un claro interés público.
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