DIANA ALVARADO 09 MARZO 2022.- Los diputados federales de Movimiento Ciudadano (MC) entregaron formalmente un escrito ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en el que piden declarar improcedente la controversia constitucional contra el Instituto Nacional Electoral (INE), que presentó el presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Gutiérrez Luna.
El coordinador de la bancada naranja, Jorge Álvarez Máynez, dio cuenta este miércoles del escrito, señalando que su grupo se presenta ante la Corte como tercer interesado, en rechazo de la controversia.
“La @SCJN debe saber que no todo el Legislativo avala actos de ignorancia”, publicó el legislador este miércoles en su cuenta @AlvarezMaynez.
El pasado jueves 3 de marzo, Gutiérrez Luna presentó una controversia para solicitar que la Corte invalide un acuerdo de la semana pasada de la Comisión de Quejas y Denuncias del INE que ordena a la Presidencia de la República y a Morena retirar propaganda gubernamental de internet, argumentando que el INE está “excediéndose en sus facultades al tomar atribuciones que corresponden al Poder Legislativo”.
“La primera: la Constitución federal contempla textualmente la improcedencia de las controversias constitucionales en materia electoral. Esto, dispuesto en el artículo 105 de ese ordenamiento fundamental”, señaló.
La segunda razón se fundamenta en que el acuerdo del INE constituye cosa juzgada, al haber sido confirmado por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
“Efectivamente, la Sala Superior del Tribunal Electoral dictó sentencia en el expediente SUP-REP-37/2022, en el cual confirmó el acuerdo que hoy se pretende impugnar; sin embargo, al ser definitiva e inatacable esa sentencia, es claro que no puede ser controvertido por ningún medio o instancia”, señaló.
También resalta que la controversia constitucional impulsada por el Presidente de la Cámara de Diputados “no aboga por la defensa de los intereses de la cámara baja que representa, sino que, por el contrario, aboga por los intereses del Titular del Poder Ejecutivo Federal y del partido del que ambos emanan, lo que violenta de manera flagrante lo establecido en el artículo 233 numeral 2 del Reglamento de la Cámara de Diputados”.
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