DIANA ALVARADO 29 DE OCTUBRE 2025.— El Pleno del Tribunal Electoral de Quintana Roo (TEQROO) determinó como infundado el Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales de la Ciudadanía Quintanarroense, número 16 del año en curso, promovido por la ciudadana María Guadalupe González Pech, en contra de la Comisión Estatal de Procesos Electorales, así como de la Comisión de Justicia, ambas del Partido Acción Nacional (PAN).
En este asunto, la parte actora alega una presunta omisión de resolver el Juicio de Inconformidad que interpuso, para controvertir los resultados de la Asamblea Municipal celebrada en Othón P. Blanco, en la que se eligieron entre otras, a las personas integrantes del Comité Directivo Municipal de dicho instituto político.
Al respeto, del análisis integral de las constancias, se advirtió que la Comisión de Justicia del PAN recibió, radicó, turnó y admitió el medio de impugnación desde el 8 de octubre, encontrándose dentro del plazo de 30 días para resolver, previsto en el artículo 62 del Reglamento de Justicia del propio partido.
Es por ello, que el Pleno, por unanimidad de votos, determinó como infundada la omisión atribuida a las autoridades partidistas, pues el asunto se encuentra en trámite dentro del término legal y corresponde, en primera instancia, al propio partido resolverlo, en respeto a su autonomía, autoorganización y vida interna, por lo que de igual forma no se justifica el salto de instancia solicitado.










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