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Tribunal revoca acuerdo del INE sobre suspender gira de Sheinbaum

Tribunal revoca acuerdo del INE sobre suspender gira de Sheinbaum
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La sesión del TEPJF fue citada de última hora y realizada de manera no pública, por videoconferencia, en ella se determinó que el acuerdo del INE no fue debidamente fundado ni motivado.
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó las medidas cautelares que el Instituto Nacional Electoral (INE) impuso a la exjefa de Gobierno de la Ciudad de México, Claudia Sheinbaum, en las que se le ordenó suspender los actos masivos de la gira “La Esperanza nos une”.
La decisión fue adoptada por mayoría de los magistrados en una sesión cerrada que se llevó a cabo el pasado 19 de octubre, pero se dio a conocer este lunes, tras ser notificadas las partes por parte del TEPJF.
El proyecto de la Sala Superior del TEPJF consideró así que el INE fundó y motivó indebidamente su determinación y que las medidas cautelares impuestas a Sheinbaum fueron “desproporcionadas” y contravienen los principios constitucionales previstos en los artículos 1, 6 y 7 sobre el respeto y garantía de los derechos humanos, el derecho a la libre manifestación de ideas, de difundir opiniones e información a través de cualquier medio y el derecho de acceso a las tecnologías de la información y comunicación.

Fue así que la Sala Superior del TEPJF, resolvió que la Comisión de Quejas del INE fue omisa al evaluar el caso para justificar la idoneidad, razonabilidad y proporcionalidad de la procedencia de las medidas cautelares que impuso a la aspirante presidencial, y estimó fundados los argumentos de Sheinbaum y Morena, quienes alegaron censura.
“El caso no se analizó a la luz del principio de exacta aplicación de la Ley, en su vertiente de taxatividad”, resolvieron las y los magistrados.
Además, precisó que “los eventos denunciados fueron partidistas, no proselitistas, ya que no se llamó a votar en favor o en contra de alguna opción política”.
Por lo que, “las publicaciones de los eventos y discursos que erróneamente se acreditaron como ilegales fueron acordes a los principios de autoorganización de los partidos políticos; además, las intervenciones de la denunciada fueron en todo momento, en su carácter de Coordinadora de Defensa de la Transformación”.
En el proyecto también se consideró que el INE realizó un análisis “indebido” de la posible actualización de actos anticipados de campaña, en tanto no fundamentó ni motivo cómo se acreditaron los elementos concurrentes en este rubro.

“Resulta extraño que la autoridad, de manera irresponsable, afirme que de las constancias de autos se evidencia que son eventos públicos y que se convocó a cientos y miles de personas, cuando en autos obra todo lo contrario, esto es, que fueron eventos a puerta cerrada y que solo se convocó a militantes y simpatizantes”, señala el proyecto.
En el proyecto se resolvió que tampoco hubo promoción personalizada ya que no se acreditó vínculo alguno entre la exfuncionaria y las personas responsables de organizar y desahogar las actividades del evento, entre ellos la asociación civil Que Siga la Democracia.
Tras la decisión del TEPJF, la noche de este lunes, el emecista Jorge Álvarez Máynez, quien interpuso la queja que dio origen a esta resolición, publicó en redes sociales un mensaje en el que advirtió que “Claudia Sheinbaum está construyendo un fraude anticipado”.

Acusó además que “presionaron por todas las vías a magistrados del Tribunal Electoral para conseguir una sentencia que le brinde impunidad”.

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