DIANA ALVARADO 3 JULIO 2019.- En sesión de Pleno, el Tribunal Electoral de Quintana Roo confirmó la validez de la elección de diputados de mayoría relativa en los Distritos Electorales 01 y 08 de Quintana Roo; asimismo, resolvieron 9 quejas del Procedimiento Especial Sancionador.
Los partidos políticos Morena y Verde Ecologista de México impugnaron de manera separada a través de los Juicios de Nulidad JUN/008/2019 y JUN/009/2019, respectivamente, los resultados del cómputo distrital en los Distritos Electorales 01 y 08 y la nulidad de diversas casillas; al igual, tales resultados fueron impugnados a través del Juicio Ciudadano JDC/028/2019 por parte de Eugenia Guadalupe Solís Salazar.
En estos asuntos, el pleno decidió acumular el JUN/009/2019 y el JCD/028/2019 al JUN/008/2019, por existir conexidad en el acto impugnado.
Al respecto, las magistradas y el magistrado determinaron confirmar la validez de la elección en el Distrito Electoral 08, declarando únicamente la nulidad de la votación recibida en 4 casillas, modificando el cómputo distrital sin afectar el resultado de la elección en dicho distrito.
En relación al Distrito Electoral 01, el pleno declaró la validez de la elección de diputado por el principio de mayoría relativa del citado distrito; de las 32 casillas impugnadas, solo una fue declarada nula, por lo que modificó el cómputo distrital, sin afectar su validez.
Asimismo, el TEQROO resolvió 9 quejas del Procedimiento Especial Sancionador interpuestas por el partido político Movimiento Ciudadano en contra de diferentes candidatos a diputados de la pasada elección local, por la presunta violación a la normatividad electoral en materia de protección a las niñas, niños y adolescentes en materia de propaganda y mensajes electorales en la red social de Facebook, mismos que integran los expedientes del PES/070/2019 al PES/078/2019, consecutivamente.
En el caso del PES/070/2019 y el PES/076/2019, el primero en contra de Erick Gustavo Miranda García y el segundo, contra de Edgar Gasca Arceo, el pleno, por unanimidad de votos determinaron declarar existentes las infracciones atribuidas a los otrora candidatos, así como a la coalición Juntos Haremos Historia por Quintana Roo y al partido político Morena, respectivamente, imponiéndoles a cada uno la sanción de amonestación pública.
Con relación a las otras 7 quejas del Procedimiento Especial Sancionador, las magistradas y el magistrado del pleno declararon la inexistencia de las infracciones atribuidas a los entonces candidatos y a las coaliciones que los postularon.
Sé el primer en dejar tu comentario de esta noticia