DIANA ALVARADO 26 AGOSTO 2019.- En sesión pública, el Pleno del Tribunal Electoral de Quintana Roo resolvió cuatro quejas del Procedimiento Especial Sancionador.
Una de las quejas atendidas es el Procedimiento Especial Sancionador, PES/095/2019 que presentó el Partido Acción Nacional y Raxana Lili Campos Miranda en contra de la página de Facebook “Ventana Política” y Carlos Antonio Mimenza Novelo por la supuesta contratación, realización y difusión de propaganda electoral con contenido calumnioso causando afectación a la imagen de la otrora candidata y actora en este procedimiento.
También se resolvió el PES/096/2019 que interpuso Raúl Fernández León en contra de Gerardo Fernández Noroña, Hernán Villatoro Barrios y la coalición “Juntos haremos historia por Quintana Roo” por la supuesta violación del principio de imparcialidad en el uso de recursos públicos y proselitismo electoral en días hábiles.
De igual manera, fue incluido el PES/097/2019 que presentó Raúl Fernández León en contra de Gerardo Fernández Noroña, Angélica del Socorro Chulin y la coalición “Juntos haremos historia por Quintana Roo” por la supuesta violación del principio de imparcialidad en el uso de recursos públicos y proselitismo electoral en días hábiles.
Y por último, el PES/098/2019 que interpuso Raúl Fernández León en contra de Gerardo Fernández Noroña, María Antonieta Aguilar Ríos y la coalición “Juntos haremos historia por Quintana Roo” por la supuesta violación del principio de imparcialidad en el uso de recursos públicos y proselitismo electoral en días hábiles.
Las magistradas y el magistrado que integran el Pleno del TEQROO determinaron declarar, por unanimidad de votos, la inexistencia de las conductas denunciadas, toda vez que del caudal probatorio no fue posible determinar la responsabilidad en cada uno de los asuntos denunciados.
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