Aprueba comisión del INE diseño e impresión de boleta para consulta popular

DIANA ALVARADO 01 JUNIO 2021.- Sin ampliación presupuestal, sin impresión en papel seguridad y sin nombre de municipios, la Comisión de Capacitación y Organización Electoral del Instituto Nacional Electoral (INE), aprobó el diseño y la impresión de la papeleta, plantilla braille y el sello de la boleta para la consulta popular del 1 de agosto en la que se preguntará a la ciudadanía si se debe o no procesar penalmente a los actores políticos del pasado, mejor conocida como juicio a expresidentes. El anverso de la papeleta, tamaño medio carta, contiene la pregunta “¿Estás de acuerdo o no en que se lleven a cabo las acciones pertinentes, con apego al marco constitucional y legal, para emprender un proceso de esclarecimiento de las decisiones políticas tomadas en los años pasados por los actores políticos, encaminado a garantizar la justicia y los derechos de las posibles víctimas?” y en la parte posterior se incorpora la  descripción del tema de trascendencia nacional de conformidad a la ley en la materia. En sesión extraordinaria, los consejeros avalaron el acuerdo con cuatro votos a favor y uno en contra, en el que, a fin de reducir costos, señala que la papeleta no será impresa en papel seguridad, sino en ordinario, aunque con medidas de seguridad como se incluyen en la documentación que se utiliza en las elecciones federales. Además, a fin de tener ventajas operativas en términos de producción, almacenamiento y distribución,  la incorporación del campo de municipio se anotará durante el proceso de conteo y sellado de papeletas de los consejos distritales, en lugar de  incluirlo  desde la impresión.

Aprueban en el Senado reformas a la Ley de Consulta Popular

DIANA ALVARADO 27 ABRIL 2021.- El pleno del Senado aprobó con 91 votos a favor y 24 en contra, reformas a la Ley de Consulta Popular, que incorporan la abstención como sentido del voto, establece la consulta popular de trascendencia regional, que calificará como tal cuando el tema propuesto repercuta en una o más entidades federativas o que impacte significativamente en los habitantes de la o las entidades en cuestión. Los cambios a la legislación establecen que la consulta o consultas populares a que convoque el Congreso de la Unión, se realizarán el primer domingo de agosto y no el mismo día de la jornada electoral federal, como actualmente lo estipula la Ley; se introduce lenguaje inclusivo y la recaudación de firmas podrá realizarse digitalmente. Se destaca que no podrá ser objeto de consulta la permanencia o restitución de algún servidor público en su encargo; la restricción de los derechos humanos reconocidos por la Constitución Política y los respectivos tratados internacionales de los que Estado mexicano sea parte. Tampoco se podrá someter a consulta la materia electoral, el sistema financiero, ingresos, gastos y el Presupuesto de Egresos de la Federación. Así como obras de infraestructura en ejecución, la seguridad nacional y la organización, funcionamiento y disciplina de la Fuerza Armada permanente. En la minuta aprobada se indica que la petición de consulta realizada por el Ejecutivo o por el 33% de las y los integrantes de alguna de las Cámaras del Congreso de la Unión, deberá ser aprobada por la mayoría de cada una de ellas. Serán objeto de consulta popular los temas de trascendencia nacional o regional competencia de la Federación; el resultado de la consulta popular es vinculante para los poderes Ejecutivo y Legislativo federales, así como para las autoridades competentes, cuando la participación total corresponda, al menos, al 40 por ciento de los ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores de la entidad o de las entidades que correspondan. Las y los ciudadanos en número equivalente, al menos, al 2 por ciento de las personas inscritas en la lista nominal de electores podrán solicitar la consulta popular para el caso de temas de trascendencia nacional y el mismo porcentaje de las personas inscritas en la lista nominal de electores correspondiente a la entidad o las entidades federativas que correspondan, en el supuesto de los temas relacionados con la trascendencia regional competencia de la Federación. La petición de consulta popular podrá presentarse ante las cámaras del Congreso hasta el 30 de noviembre del año inmediato anterior en el que se pretenda realizar la jornada de consulta popular. Senadores de oposición se manifestaron en contra de la inclusión de la abstención como forma de voto. Noé Castañón, senador de Movimiento Ciudadano, presentó un voto particular sobre el dictamen para eliminar la figura del voto en abstención, ya que es una práctica exclusivamente parlamentaria y no de carácter electoral. “La votación en abstención no se consulta, pues consiste en no ejercer su derecho y obligación de votar al no presentarse”. En tanto, la senadora del PRI, Claudia Ruiz Massieu Salinas, expresó que el dictamen contiene una disposición de riesgo, ya que abre la posibilidad de que las y los ciudadanos voten por la abstención en un ejercicio de consulta. Esta previsión, advirtió, podría tener graves consecuencias en la legitimidad de las decisiones que pretendan avalarse. El senador Ricardo Monreal, coordinador del Grupo Parlamentario de Morena, destacó que el Congreso ha dotado los medios necesarios para que la ciudadanía sea participe y se convierta en protagonista de las políticas públicas del gobierno. La consulta será una forma de expresión de la voluntad de la sociedad en la conducción del Estado”, señaló . De esta forma, mencionó, se ha transitado hacia una democracia de participación directa y se han disminuido las restricciones del derecho de la ciudadanía a las consultas populares. Ahora, abundó, se genera un procedimiento más sencillo, accesible y permanente para este instrumento de participación directa. El decreto se envió al titular del Ejecutivo Federal para su promulgación en el Diario Oficial de la Federación.

Aprueban en el Senado reformas a la Ley de Consulta Popular

DIANA ALVARADO 27 ABRIL 2021.- El pleno del Senado aprobó con 91 votos a favor y 24 en contra, reformas a la Ley de Consulta Popular, que incorporan la abstención como sentido del voto, establece la consulta popular de trascendencia regional, que calificará como tal cuando el tema propuesto repercuta en una o más entidades federativas o que impacte significativamente en los habitantes de la o las entidades en cuestión. Los cambios a la legislación establecen que la consulta o consultas populares a que convoque el Congreso de la Unión, se realizarán el primer domingo de agosto y no el mismo día de la jornada electoral federal, como actualmente lo estipula la Ley; se introduce lenguaje inclusivo y la recaudación de firmas podrá realizarse digitalmente. Se destaca que no podrá ser objeto de consulta la permanencia o restitución de algún servidor público en su encargo; la restricción de los derechos humanos reconocidos por la Constitución Política y los respectivos tratados internacionales de los que Estado mexicano sea parte. Tampoco se podrá someter a consulta la materia electoral, el sistema financiero, ingresos, gastos y el Presupuesto de Egresos de la Federación. Así como obras de infraestructura en ejecución, la seguridad nacional y la organización, funcionamiento y disciplina de la Fuerza Armada permanente. En la minuta aprobada se indica que la petición de consulta realizada por el Ejecutivo o por el 33% de las y los integrantes de alguna de las Cámaras del Congreso de la Unión, deberá ser aprobada por la mayoría de cada una de ellas. Serán objeto de consulta popular los temas de trascendencia nacional o regional competencia de la Federación; el resultado de la consulta popular es vinculante para los poderes Ejecutivo y Legislativo federales, así como para las autoridades competentes, cuando la participación total corresponda, al menos, al 40 por ciento de los ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores de la entidad o de las entidades que correspondan. Las y los ciudadanos en número equivalente, al menos, al 2 por ciento de las personas inscritas en la lista nominal de electores podrán solicitar la consulta popular para el caso de temas de trascendencia nacional y el mismo porcentaje de las personas inscritas en la lista nominal de electores correspondiente a la entidad o las entidades federativas que correspondan, en el supuesto de los temas relacionados con la trascendencia regional competencia de la Federación. La petición de consulta popular podrá presentarse ante las cámaras del Congreso hasta el 30 de noviembre del año inmediato anterior en el que se pretenda realizar la jornada de consulta popular. Senadores de oposición se manifestaron en contra de la inclusión de la abstención como forma de voto. Noé Castañón, senador de Movimiento Ciudadano, presentó un voto particular sobre el dictamen para eliminar la figura del voto en abstención, ya que es una práctica exclusivamente parlamentaria y no de carácter electoral. “La votación en abstención no se consulta, pues consiste en no ejercer su derecho y obligación de votar al no presentarse”. En tanto, la senadora del PRI, Claudia Ruiz Massieu Salinas, expresó que el dictamen contiene una disposición de riesgo, ya que abre la posibilidad de que las y los ciudadanos voten por la abstención en un ejercicio de consulta. Esta previsión, advirtió, podría tener graves consecuencias en la legitimidad de las decisiones que pretendan avalarse. El senador Ricardo Monreal, coordinador del Grupo Parlamentario de Morena, destacó que el Congreso ha dotado los medios necesarios para que la ciudadanía sea participe y se convierta en protagonista de las políticas públicas del gobierno. La consulta será una forma de expresión de la voluntad de la sociedad en la conducción del Estado”, señaló . De esta forma, mencionó, se ha transitado hacia una democracia de participación directa y se han disminuido las restricciones del derecho de la ciudadanía a las consultas populares. Ahora, abundó, se genera un procedimiento más sencillo, accesible y permanente para este instrumento de participación directa. El decreto se envió al titular del Ejecutivo Federal para su promulgación en el Diario Oficial de la Federación.

El Pleno del TEQROO ordena al IEQROO realizar Consulta Popular

DIANA ALVARADO 23 DE ABRIL 2021.- El Pleno del Tribunal Electoral de Quintana Roo, en sesión pública no presencial, por unanimidad de votos determinó confirmar la negativa de la Secretaría de Finanzas y Planeación de otorgar recursos económicos para realizar la Consulta Popular al Instituto Electoral de Quintana Roo, vinculándolo para que con sus propios recursos ajuste el gasto y realice las acciones pertinentes para la realización de la citada consulta. Lo anterior al resolver el Juicio Electoral derivado de Consultas, identificado con el número de expediente JEC/001/2021, que presentó el Instituto Electoral de Quintana Roo en contra de la Secretaría de Finanzas y Planeación del Poder Ejecutivo del Estado de Quintana Roo y la negativa de asignar los recursos económicos para la ejecución de Consultas Populares en los Municipios de Benito Juárez, Solidaridad, Isla Mujeres y Puerto Morelos. En este asunto, la Magistrada Claudia Carrillo Gasca emitió un voto particular concurrente con el afán de precisar que el IEQROO prevea los mecanismos de seguridad en el papel a utilizar en la referida consulta popular. En la sesión transmitida por videoconferencia, se atendió el Procedimiento Especial Sancionador, PES/010/2021, que interpuso Martha Bella Reyes Mejía en contra de Adrián Sánchez Domínguez y conductas relacionadas con supuesta Violencia Política contra la Mujer en Razón de Género. Al respecto, el Pleno del Tribunal, por unanimidad de votos determinó la inexistencia de la infracción atribuida a Adrián Sánchez Domínguez, toda vez que de las pruebas analizadas no se acreditaron las supuestas conductas infractoras. Otro de los Juicios Ciudadanos atendidos fue el JDC/059/2021, que interpuso Kayla Yajaira Aguilar Gil y Elia López García en contra del Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo y el Acuerdo por medio del cual se resuelve la solicitud de registro de las planillas de candidaturas a integrantes de los Ayuntamientos de Othón P. Blanco, Felipe Carrillo Puerto, Cozumel, Isla Mujeres, Solidaridad, Tulum y Bacalar; presentadas por la coalición “Va Por Quintana Roo”, en el contexto del Proceso Electoral Local 2020-2021”, identificado con el número IEQROO/CG/A-110-2021. Dicho medio de impugnación fue desechado por unanimidad de votos, por actualizarse la causal de improcedencia por carecer las actoras de interés jurídico para interponer dicho juicio ciudadano. Asimismo, se atendió en esta Sesión de Pleno virtual, el Recurso de Apelación, RAP/010/2021, que ingresó Raúl Fernández León en contra de la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Electoral de Quintana Roo y el Acuerdo IEQROO/CQYD/A-MC-015/2021, del 11 de abril, por medio del cual se determina la improcedencia de adopción de medidas cautelares recaída al expediente número IEQROO/PES/013/2021. En este caso, el Pleno por unanimidad de votos confirmó el Acuerdo de la Comisión de Quejas y Denuncias del IEQROO, en la cual se atendió la medida cautelar que solicitara Raúl Fernández León. El Recurso de Apelación, RAP/009/2021, lo interpuso el Ayuntamiento de Benito Juárez en contra de la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Electoral de Quintana Roo y el Acuerdo por medio del cual se determina respecto de la medida cautelar solicitada en el expediente registrado bajo el número IEQROO/PES/014/2021, identificado con la clave IEQROO/CQYD/A-MC-014/2021. Sobre este recurso, por unanimidad de votos, el Pleno revocó la resolución de la Comisión de Quejas y Denuncias del IEQROO, dejando sin efecto el exhorto que emitiera al Ayuntamiento sobre las publicaciones informativas de las actividades realizadas por dicho municipio. En tanto que el Juicio Ciudadano, JDC/053/2021, lo presentó Carlos Enrique Guerra Sánchez, en contra del Comisión Nacional de Honestidad y Justicia del Partido Político Morena y del Acuerdo o Resolución de fecha 1 de abril de 2021, dictado por la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia del Partido Político Morena que sobreseyó la queja que interpusiera la parte actora en el Procedimiento Especial Sancionador radicado bajo el número CNHJ-QROO-554/2021. En este caso, la Magistrada y los Magistrados del Pleno determinaron confirmar el Acuerdo de sobreseimiento del 1 de abril de 2021, que emitió la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia, toda vez que resultaron inoperantes e infundadas los agravios presentados por el actor. Mientras que en el Juicio Ciudadano, JDC/052/2021, promovido por Lorenzo Chilón Montilla, en contra de la Comisión Nacional de Justicia y Ética Partidaria del Partido Redes Sociales Progresistas, sobre el proceso interno en la elección del candidato a la Presidencia Municipal de Benito Juárez, Quintana Roo, del partido Redes Sociales Progresistas. En este juicio, por unanimidad de votos confirmaron la resolución de la Comisión Nacional de Justicia y Ética Partidaria del Partido Redes Sociales Progresistas, la cual desechó la demanda presentada por el actor, toda vez que los agravios, resultaron infundados. El JDC/055/2021 y su acumulado JDC/056/2021, que fueran presentados por Juana Elena Homa Fernández y otro, en contra del oficio DJ/498/2021, que emitiera la Dirección Jurídica del Instituto Electoral de Quintana Roo, mediante el cual dio vista a los actores en el Procedimiento Ordinario Sancionador del expediente IEQROO/POS/004/2021 y su acumulado IEQROO/POS/006/2021, requiriendo su presencia en las instalaciones del IEQROO para hacer alegaciones en dicho procedimientos. En este asunto, por unanimidad de votos, el Pleno decidió que el acto impugnado no reviste carácter de definitivo, ni firme, por lo que no le causa afectación directa e inmediata a los derechos sustantivos de los actores, surtiendo efectos únicamente al interior del procedimiento, por lo que fue desechado de plano. En la sesión también se atendieron los cuadernillos C/052/2021, C/053/2021 y C/054/2021, presentado por Darinel Kenedy García Acopa y otros en contra del Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo y la Secretaria de Finanza del Estado, en los que solicitan a este Tribunal decline su competencia para conocer todo lo relacionado con la Consulta Popular referente al servicio que ofrece la empresa Aguakan, a celebrarse en la próxima elección local, y remita a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación las constancias de todos los medios de impugnación que conozca este órgano jurisdiccional para que esa autoridad federal sea quien sustancie y resuelva sobre dicho asunto, toda vez que señalan haber presentado un juicio … Leer más

IEQROO aprobó los diseños del material para la Consulta Popular

DIANA ALVARADO 19 MARZO 2021.- Integrantes del Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo (IEQROO), en sesión ordinaria aprobaron los diseños de los materiales para la Consulta Popular para el Proceso Electoral Local 2021 a utilizarse durante la Jornada Electoral del seis de junio del presente año, en los municipios de Benito Juárez, Isla Mujeres, Puerto Morelos y Solidaridad. Como se recordará, diversos ciudadanas y ciudadanos de los municipios arriba mencionados solicitaron mediante escritos, en someter a consulta en sus respectivos municipios una pregunta para saber si la ciudadanía que representan está de acuerdo en que ¿… La empresa Aguakan continué (sic) prestando el servicio concesionado de agua potable, alcantarillado y saneamiento? En ese sentido, se dio a conocer que, la urna en la que los electores depositarán la boleta, deberá consistir de material transparente, plegable o armable; las cuales llevarán en el exterior y en lugar visible, impresa o adherida, en el mismo color de la boleta que corresponda; la denominación de referéndum, Consulta Popular. El Instituto a través de la Dirección de Organización, llevará a cabo el procedimiento conforme a lo dispuesto en los artículos 156, 160, 163 y el anexo 4.1 del Reglamento de Elecciones del Instituto Nacional Electoral, cumpliendo así con los aspectos legales, económicos, técnicos y funcionales que correspondan para la elaboración del material para la consulta popular. Derivado de lo anterioridad, se desprende la diversidad del material electoral que deberá ser utilizado para la Consulta Popular, que de algún modo contribuyan, por sus características, a lograr una mayor eficacia en las actividades del Proceso Electoral Local 2020-2021, en particular al correcto desarrollo de la jornada comicial, conforme a derecho y a los principios que tutelan el voto público y la función electoral estatal, por tal motivo se propusieron los diseños de los materiales para la Consulta Popular a utilizarse en el Proceso Electoral Local 2020-2021, los materiales a utilizarse para la Consulta Popular son los siguientes: Urna; base porta urna; cinta de seguridad; caja paquete; sello Consulta Popular y sello para identificar los municipios en las casillas especiales. En otro punto del orden del día, el Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo, determinó respecto al procedimiento ordinario sancionador registrado bajo el número IEQROO/POS/001/2021 y declaró infundado el procedimiento ordinario sancionador en mención; relacionado con la queja presentada por la ciudadana Astrid Ariagna Tamay Monforte, relacionada con posibles indicios de que el Partido Político Local denominado Movimiento Auténtico Social, transgredió su derecho de libre afiliación política a dicho instituto político, y para ello utilizó indebidamente sus datos personales, ya que la probable afiliación no se hizo de manera libre y por su voluntad propia; lo anterior para que Instituto determine lo que en derecho procediera. En ese sentido, este Consejo General determinó ordenar al partido MAS, en concordancia con lo manifestado por la quejosa, en el ejercicio libre de su derecho de afiliación política, en el sentido que no es su deseo pertenecer como afiliada al partido político denunciado, para que sin mayor trámite, dentro de las veinticuatro horas siguientes a la notificación de la presente Resolución, cancele su registro como afiliada a dicho Partido Político Local, y hecho lo anterior, informe lo conducente a la Dirección, adjuntando los medios de prueba pertinentes que acrediten tal cumplimiento, dentro de las veinticuatro horas siguientes a que ello ocurra. Por otra parte, el Consejo General del Instituto determinó respecto del procedimiento ordinario sancionador registrado bajo el número IEQROO/POS/ 002/2021, y declaró existe la conducta alegada por el ciudadano Jhonny Robert May Uc mediante el cual hace del conocimiento posibles indicios de que el Partido Político Confianza por Quintana Roo con registro local, transgredió su derecho de libre afiliación y, para ello, utilizó indebidamente sus datos personales, lo anterior para que esta autoridad administrativa electoral determine lo que en derecho proceda.   En virtud de todo lo antes resuelto, este Consejo General ordenó al Partido Político Local Confianza por Quintana Roo, para que, sin mayor trámite, dentro de las veinticuatro horas siguientes a la notificación respectiva, cancele el registro del quejoso como su afiliado, y hecho lo anterior, informe lo conducente a la Dirección, adjuntando los medios de prueba pertinentes que acrediten tal cumplimiento.  Asimismo, se impone como sanción al Partido Confianza por Quintana Roo una reducción del financiamiento público a razón de un cinco por ciento (5%) durante las ministraciones de dos meses (junio y julio) del presente año. Finalmente, se dieron a conocer los informes mensuales que presenta la Secretaría Ejecutiva, sobre el ejercicio de la función de Oficialía Electoral; el informe en materia de encuestas y sondeos de opinión; monitoreo de los medios de comunicación que emitan espacio de noticias en radio, televisión, medios impresos y medios digitales durante el Proceso Electoral Local 2020-2021, y el informe de los procedimientos de adjudicación tramitados a través del Comité de Contrataciones, Adquisiciones y Bajas del Instituto del 24 de febrero al 15 de marzo de 2021.

IEQROO aprobó los diseños del material para la Consulta Popular

DIANA ALVARADO 19 MARZO 2021.- Integrantes del Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo (IEQROO), en sesión ordinaria aprobaron los diseños de los materiales para la Consulta Popular para el Proceso Electoral Local 2021 a utilizarse durante la Jornada Electoral del seis de junio del presente año, en los municipios de Benito Juárez, Isla Mujeres, Puerto Morelos y Solidaridad. Como se recordará, diversos ciudadanas y ciudadanos de los municipios arriba mencionados solicitaron mediante escritos, en someter a consulta en sus respectivos municipios una pregunta para saber si la ciudadanía que representan está de acuerdo en que ¿… La empresa Aguakan continué (sic) prestando el servicio concesionado de agua potable, alcantarillado y saneamiento? En ese sentido, se dio a conocer que, la urna en la que los electores depositarán la boleta, deberá consistir de material transparente, plegable o armable; las cuales llevarán en el exterior y en lugar visible, impresa o adherida, en el mismo color de la boleta que corresponda; la denominación de referéndum, Consulta Popular. El Instituto a través de la Dirección de Organización, llevará a cabo el procedimiento conforme a lo dispuesto en los artículos 156, 160, 163 y el anexo 4.1 del Reglamento de Elecciones del Instituto Nacional Electoral, cumpliendo así con los aspectos legales, económicos, técnicos y funcionales que correspondan para la elaboración del material para la consulta popular. Derivado de lo anterioridad, se desprende la diversidad del material electoral que deberá ser utilizado para la Consulta Popular, que de algún modo contribuyan, por sus características, a lograr una mayor eficacia en las actividades del Proceso Electoral Local 2020-2021, en particular al correcto desarrollo de la jornada comicial, conforme a derecho y a los principios que tutelan el voto público y la función electoral estatal, por tal motivo se propusieron los diseños de los materiales para la Consulta Popular a utilizarse en el Proceso Electoral Local 2020-2021, los materiales a utilizarse para la Consulta Popular son los siguientes: Urna; base porta urna; cinta de seguridad; caja paquete; sello Consulta Popular y sello para identificar los municipios en las casillas especiales. En otro punto del orden del día, el Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo, determinó respecto al procedimiento ordinario sancionador registrado bajo el número IEQROO/POS/001/2021 y declaró infundado el procedimiento ordinario sancionador en mención; relacionado con la queja presentada por la ciudadana Astrid Ariagna Tamay Monforte, relacionada con posibles indicios de que el Partido Político Local denominado Movimiento Auténtico Social, transgredió su derecho de libre afiliación política a dicho instituto político, y para ello utilizó indebidamente sus datos personales, ya que la probable afiliación no se hizo de manera libre y por su voluntad propia; lo anterior para que Instituto determine lo que en derecho procediera. En ese sentido, este Consejo General determinó ordenar al partido MAS, en concordancia con lo manifestado por la quejosa, en el ejercicio libre de su derecho de afiliación política, en el sentido que no es su deseo pertenecer como afiliada al partido político denunciado, para que sin mayor trámite, dentro de las veinticuatro horas siguientes a la notificación de la presente Resolución, cancele su registro como afiliada a dicho Partido Político Local, y hecho lo anterior, informe lo conducente a la Dirección, adjuntando los medios de prueba pertinentes que acrediten tal cumplimiento, dentro de las veinticuatro horas siguientes a que ello ocurra. Por otra parte, el Consejo General del Instituto determinó respecto del procedimiento ordinario sancionador registrado bajo el número IEQROO/POS/ 002/2021, y declaró existe la conducta alegada por el ciudadano Jhonny Robert May Uc mediante el cual hace del conocimiento posibles indicios de que el Partido Político Confianza por Quintana Roo con registro local, transgredió su derecho de libre afiliación y, para ello, utilizó indebidamente sus datos personales, lo anterior para que esta autoridad administrativa electoral determine lo que en derecho proceda.   En virtud de todo lo antes resuelto, este Consejo General ordenó al Partido Político Local Confianza por Quintana Roo, para que, sin mayor trámite, dentro de las veinticuatro horas siguientes a la notificación respectiva, cancele el registro del quejoso como su afiliado, y hecho lo anterior, informe lo conducente a la Dirección, adjuntando los medios de prueba pertinentes que acrediten tal cumplimiento.  Asimismo, se impone como sanción al Partido Confianza por Quintana Roo una reducción del financiamiento público a razón de un cinco por ciento (5%) durante las ministraciones de dos meses (junio y julio) del presente año. Finalmente, se dieron a conocer los informes mensuales que presenta la Secretaría Ejecutiva, sobre el ejercicio de la función de Oficialía Electoral; el informe en materia de encuestas y sondeos de opinión; monitoreo de los medios de comunicación que emitan espacio de noticias en radio, televisión, medios impresos y medios digitales durante el Proceso Electoral Local 2020-2021, y el informe de los procedimientos de adjudicación tramitados a través del Comité de Contrataciones, Adquisiciones y Bajas del Instituto del 24 de febrero al 15 de marzo de 2021.

Marybel Villegas, motor de Consulta Popular sobre Aguakán: Edgar Gasca

DIANA ALVARADO 10 MARZO 2021.- El diputado de Morena en la XVI Legislatura del Congreso, Edgar Gasca Arceo, celebró la determinación del Instituto Electoral de Quintana Roo (IEQROO) de declarar procedente la Consulta Popular sobre Aguakán en los municipios de Benito Juárez, Isla Mujeres, Solidaridad y Puerto Morelos. “Celebro que se esté escuchando la voz de los quintanarroenses. Hoy más de 51 mil ciudadanos de estos cuatro municipios pueden sentirse satisfechos de que el IEQROO esté avalando la consulta popular y de que en el proceso electoral del 6 de junio recibirán una boleta para preguntarles y decidan si quieren que Aguakán se vaya de Quintana Roo”, enfatizó. Asimismo, Edgar Gasca reconoció la labor y compromiso de la senadora con licencia Marybel Villegas Canché por ser el motor y quien ha abanderado esta causa ciudadana para acabar con los excesos y abusos de Aguakán, causa que hoy rinde frutos a pesar de los ataques y señalamientos en su contra. “También quiero felicitar a la senadora Marybel Villegas porque ha sido el motor y quien ha abanderado esta causa que afecta a muchos quintanarroenses a pesar de la campaña exagerada en su contra, de los numerosos señalamientos, de la publicidad amarillista durante tantos meses. Hoy su esfuerzo rinde frutos, yo la felicito a ella, a los ciudadanos que participaron para solicitar la consulta y al IEQROO que le está dando el debido seguimiento”, afirmó. Finalmente, Edgar Gasca adelantó que los resultados de la Consulta Popular serán vinculantes, es decir, si la gente vota a favor de revocar la concesión de Aguakán, los gobiernos estarán obligados por ley a acatar dicha voluntad popular.

Consulta Popular sobre Aguakán, logro de Marybel Villegas de la mano de los ciudadanos

DIANA ALVARADO 10 MARZO 2021.- Luego de que el Instituto Electoral de Quintana Roo (IEQROO) declaró procedente la Consulta Popular sobre Aguakán a realizarse el próximo 6 de junio, la diputada con licencia Erika Castillo Acosta destacó que se trata de un importantísimo logro de la senadora con licencia Marybel Villegas Canché de la mano de los ciudadanos en la lucha contra los excesos y abusos de la empresa concesionaria. Este 9 de marzo, el IEQROO declaró procedente dicha Consulta Popular tras validar las más de 50 mil firmas de petición ciudadanas recabadas en los municipios de Benito Juárez, Isla Mujeres, Solidaridad y Puerto Morelos. “Los ciudadanos y muchos funcionarios estamos muy contentos de que esta Consulta Popular sea una realidad, como diputada no puedo quedarme cruzada de brazos ante los excesos y abusos de Aguakán, el 6 de junio se hará esta consulta y la respuesta de los ciudadanos determinará si se le revoca la concesión, por eso será muy importante que la gente participe y vote”, dijo. Érika Castillo subrayó que la Consulta Popular y la propia Marybel Villegas han sido descalificadas de manera constante aduciendo fines electorales “pero nada que ver, se trata de una lucha real de los ciudadanos, y ahí están las firmas que la respaldan, para acabar con una concesión que ha resultado perjudicial en todos los sentidos. La ley, la justicia y la fuerza están del lado de Marybel y de los ciudadanos”. Añadió que si se logra una respuesta positiva a favor de revocar la concesión en el mínimo porcentaje que marca la ley para que sea vinculante, el gobierno estará obligado a acatar la voluntad expresada en la consulta y deberá iniciar el proceso legal para la revocación definitiva a Aguakán. Entre los muchos abusos de Aguakán en contra de los ciudadanos, Érica Castillo acusó la constante alza de precios en las tarifas de manera discrecional amparándose en un articulado de la Ley de Tarifas pero asegura que ha sido aprobada por los diputados del Congreso de Quintana Roo lo que es totalmente falso. “Aguakán ha lanzado una campaña contra el Congreso y afirma que las alzas a las tarifas de agua han sido aprobadas por los diputados, nada más falso. El último incremento a las tarifas que aprobó el Congreso fue en el 2011, los aumentos posteriores los autorizó el consejo directivo de CAPA y se amparan en la Ley de Tarifas pero hay contradicciones en la ley, como en el año 2019 cuando se aumentaron las tarifas en un cien por ciento”, aclaró. Por ello, continuó, Érika Castillo ingresó a la XVI Legislatura una iniciativa de reforma que ya se encuentra en análisis de comisiones para armonizar la ley eliminar esa contradicción y obligar a que las propuestas de aumentos de tarifas pasen efectivamente por el Congreso local.

Consulta Popular sobre Aguakán, logro de Marybel Villegas de la mano de los ciudadanos

DIANA ALVARADO 10 MARZO 2021.- Luego de que el Instituto Electoral de Quintana Roo (IEQROO) declaró procedente la Consulta Popular sobre Aguakán a realizarse el próximo 6 de junio, la diputada con licencia Erika Castillo Acosta destacó que se trata de un importantísimo logro de la senadora con licencia Marybel Villegas Canché de la mano de los ciudadanos en la lucha contra los excesos y abusos de la empresa concesionaria. Este 9 de marzo, el IEQROO declaró procedente dicha Consulta Popular tras validar las más de 50 mil firmas de petición ciudadanas recabadas en los municipios de Benito Juárez, Isla Mujeres, Solidaridad y Puerto Morelos. “Los ciudadanos y muchos funcionarios estamos muy contentos de que esta Consulta Popular sea una realidad, como diputada no puedo quedarme cruzada de brazos ante los excesos y abusos de Aguakán, el 6 de junio se hará esta consulta y la respuesta de los ciudadanos determinará si se le revoca la concesión, por eso será muy importante que la gente participe y vote”, dijo. Érika Castillo subrayó que la Consulta Popular y la propia Marybel Villegas han sido descalificadas de manera constante aduciendo fines electorales “pero nada que ver, se trata de una lucha real de los ciudadanos, y ahí están las firmas que la respaldan, para acabar con una concesión que ha resultado perjudicial en todos los sentidos. La ley, la justicia y la fuerza están del lado de Marybel y de los ciudadanos”. Añadió que si se logra una respuesta positiva a favor de revocar la concesión en el mínimo porcentaje que marca la ley para que sea vinculante, el gobierno estará obligado a acatar la voluntad expresada en la consulta y deberá iniciar el proceso legal para la revocación definitiva a Aguakán. Entre los muchos abusos de Aguakán en contra de los ciudadanos, Érica Castillo acusó la constante alza de precios en las tarifas de manera discrecional amparándose en un articulado de la Ley de Tarifas pero asegura que ha sido aprobada por los diputados del Congreso de Quintana Roo lo que es totalmente falso. “Aguakán ha lanzado una campaña contra el Congreso y afirma que las alzas a las tarifas de agua han sido aprobadas por los diputados, nada más falso. El último incremento a las tarifas que aprobó el Congreso fue en el 2011, los aumentos posteriores los autorizó el consejo directivo de CAPA y se amparan en la Ley de Tarifas pero hay contradicciones en la ley, como en el año 2019 cuando se aumentaron las tarifas en un cien por ciento”, aclaró. Por ello, continuó, Érika Castillo ingresó a la XVI Legislatura una iniciativa de reforma que ya se encuentra en análisis de comisiones para armonizar la ley eliminar esa contradicción y obligar a que las propuestas de aumentos de tarifas pasen efectivamente por el Congreso local.

IEQROO declaró procedente la consulta popular en municipios de Quintana Roo

DIANA ALVARADO 09 MARZO 2021.- El Instituto Electoral de Quintana Roo (IEQROO), en sesión extraordinaria declaró procedente las solicitudes de Consulta Popular que tendrá verificativo el día 6 de junio del año en curso, presentadas por ciudadanas y ciudadanos de los municipios de Benito Juárez, Isla Mujeres, Puerto Morelos y Solidaridad, consistente en someter a consulta la pregunta: ¿Está usted de acuerdo que, la empresa Aguakan continué (sic) prestando el servicio concesionado de agua potable, alcantarillado y saneamiento?, en los municipios arriba señalados. En el caso particular del Municipio de Benito Juárez, se dio a conocer que luego del desahogo de las etapas de verificación establecidas en los criterios y de un informe respectivo, quedó demostrado el cumplimiento del porcentaje establecido en la Ley de Participación para presentar una solicitud de Consulta Popular, conforme a sus artículos 21, fracción V y 24 fracción II, además de lo señalado por este órgano colegiado mediante Acuerdo IEQROO/CG/A-049/2020, en ese sentido, el municipio en mención cumplió con el 3% de la Lista Nominal de Electores exigido por la norma, equivale a 18,607 ciudadanas y ciudadanos; de los cuales se validó la existencia de 26,008 registros dentro del universo presentado por las y los solicitantes. En lo que se refiere al municipio de Isla Mujeres, también quedó demostrado el cumplimiento del porcentaje establecido en la Ley de Participación para presentar una solicitud de Consulta Popular, conforme a sus artículos 21, fracción V y 24 fracción II, además de lo señalado por este órgano colegiado mediante Acuerdo IEQROO/CG/A-050/2020, en este sentido el municipio isleño cumplió con el 3% de la Lista Nominal de Electorales exigido por la norma, equivale a 607 ciudadanas y ciudadanos; de los cuales se validó la existencia de 815 registros dentro del universo presentado por las y los solicitantes. Por su parte, el municipio de Puerto Morelos, al igual que los municipios arriba mencionados cumplió con el porcentaje establecido en la Ley de Participación para presentar una solicitud de Consulta Popular, conforme a sus artículos 21, fracción V y 24 fracción II, además de lo señalado por este órgano colegiado mediante Acuerdo IEQROO/CG/A-052/2020; es decir, que para el caso del municipio en mención el 3% de la Lista Nominal de Electorales exigido por la norma, equivale a 613 ciudadanas y ciudadanos; de los cuales se validó la existencia de 1,981 registros dentro del universo presentado por las y los solicitantes. El municipio de Solidaridad, también cumplió el porcentaje establecido en la Ley de Participación para presentar una solicitud de Consulta Popular, conforme a sus artículos 21, fracción V y 24 fracción II, además de lo señalado por este órgano colegiado mediante Acuerdo IEQROO/CG/A-051/2020, para el caso de este municipio el 3% de la Lista Nominal de Electorales exigido por la norma, equivale a 6,799 ciudadanas y ciudadanos; de los cuales se validó la existencia de 8,124 registros dentro del universo presentado por las y los solicitantes. En otro punto del orden del día, el Consejo General aprobó el convenio específico de apoyo y colaboración en materia registral, entre Instituto Nacional Electoral, y el Instituto Electoral de Quintana Roo, con el fin de documentar las bases de coordinación para la verificación del apoyo ciudadano para la consulta popular, prevista en el título segundo, capítulo segundo, de la Ley de Participación Ciudadana del estado de Quintana Roo. Siguiendo con el orden del día, el Consejo General del Instituto determinó respecto al convenio de colaboración con el municipio de Othón P. Blanco, en materia de acciones que permitan prevenir, erradicar y combatir la Violencia Política en contra de las Mujeres en Razón de Género. En atención a lo anterior, este Instituto propuso a las autoridades competentes del Municipio de Othón P. Blanco, la celebración de un convenio de colaboración para realizar acciones que permitan prevenir, erradicar y combatir la violencia política en contra de las mujeres en razón de género, mediante el apoyo que puedan brindar las instancias municipales competentes, particularmente la Dirección de Seguridad Pública y Tránsito municipal, en relación a la implementación vigilancia y/o cumplimiento de medidas cautelares y/o de protección que dentro de los procedimientos especiales sancionadores correspondientes, permitan enfrentar potenciales amenazas, así como garantizar protección y seguridad a las víctimas. Por otra parte, se aprobó el procedimiento y la Convocatoria de selección de las y los aspirantes a ocupar los cargos de Personal Operativo (acopiadora/acopiador, digitalizadora/digitalizador, capturista de datos y verificadora/verificador), para la integración de los Centros de Acopio y Transmisión de Datos del PREP del Proceso Electoral Local 2020-2021. Finalmente, el Consejo General del IEQROO aprobó el acuerdo mediante el cual se incorpora al ciudadano Raymundo Eduardo Poot Campos, al Servicio Profesional Electoral Nacional y se designa como coordinador de Educación Cívica, adscrito a la Dirección de Cultura Política del Instituto, en atención al procedimiento del concurso público 2020 y que resultó ganador de la lista de reserva.