Baja el TEQROO a Roger Cáceres de la pluri y la asigna al priista Manuel Díaz

DIANA ALVARADO 18 JULIO 2019.- El Tribunal Electoral de Quintana Roo modificó la asignación de diputaciones plurinominales dejando fuera al dirigente estatal del Partido Confianza por Quintana Roo, Roger Cáceres, asignando dicho espacio al dirigente priista Manuel Díaz Carbajal, además de ordenar al IEQROO emitir nueva constancia.

En sesión del pleno, resolvió 10 asuntos relacionados con la asignación de Diputados por el principio de Representación Proporcional, así como 6 Juicios Ciudadanos interpuestos en contra de autoridades del Municipio de Lázaro Cárdenas y 3 quejas del Procedimiento Especial Sancionador.

Sobre los 10 asuntos interpuestos en contra del Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo y el acuerdo -IEQROO/CG7A-157-19- por medio del cual se asignan Diputaciones por el principio de Representación Proporcional para la integración de la XVI Legislatura del Estado de Quintana Roo, 7 de ellos son Juicios Ciudadanos y 3 Juicios de Nulidad.

Los Juicios para la Protección de los Derechos Político Electorales de los Ciudadanos del JDC/021/2019 al JDC/027/2019 fueron interpuestos por Edgar Humberto Gasca Arceo, Arturo Castro Duarte, Juan Carlos Beristaín Navarrete, María Antonieta Aguilar Ríos, Carlos Orvañanos Rea, Manuel Cipriano Díaz Carvajal y Jesús Alberto Zetina Tejero, respectivamente. Mientras que los Juicios de Nulidad, JUN/018/2019, JUN/019/2019 y JUN/020/2019 los presentaron los partidos políticos Acción Nacional, Encuentro Social Quintana Roo y Morena, respectivamente.

El Pleno, por unanimidad de votos determinó acumular dichos expedientes al primero que fue recibido e identificado con la clave de expediente JUN/020/2019, con el afán de resolver dichos asuntos de manera conjunta por existir conexidad en la causa.

Asimismo, se determinó revocar el acuerdo del IEQROO, toda vez que al aplicar la fórmula de sub y sobrerrepresentación no consideró adecuadamente la votación válida emitida, lo cual provocó un desajuste en el cálculo de la asignación de las curules de representación proporcional.

De igual manera, en atención a los agravios presentados por los actores de estos juicios, los magistrados ponentes en conjunto analizaron la fórmula de proporcionalidad que obliga la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales a aplicar al IEQROO para optimizar la votación con relación al número de curules disponibles, también llamada fórmula ajustada a cero, lo que originó quitar el escaño otorgado al Partido Confianza por Quintana Roo y entregárselo nuevamente a Morena, pero al quedar más sobre representado pierde dicha curul y se otorga a favor del Partido Revolucionario Institucional que estaba más subrepresentado con relación a la votación recibida.

También se resolvieron los Juicios para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano del JDC/029/2019 al JDC/034/2019, mismos que fueron presentados por María Trinidad García Arguelles, Fabiola Ileana Cervera Vidal, María Elena Ruiz Molina, Lourdes del Socorro Deinis Lugo, Leticia Alcocer Ávila y Rubén Álvarez Mendoza, respectivamente, en contra del Presidente Municipal, el Secretario General y Tesorero del Municipio de Lázaro Cárdenas por la presunta vulneración de su derecho político electoral de ejercer el cargo de regidor (a).

En estos asuntos, se declararon infundados los agravios, toda vez que los supuestas violaciones imputadas al Presidente Municipal, Secretario General y Tesorero del Ayuntamiento no constituyen violaciones a los Derechos Político Electorales de los agraviados.

Asimismo, fue resuelto el Procedimiento Especial Sancionador, PES/088/2019, que presentó el partido político Movimiento Ciudadano en contra del Partido Verde Ecologista de México y candidatos, por la supuesta comisión de conductas violatorias a la normatividad electoral, derivado de la realización de actos de posicionamiento durante el período de intercampaña.

Por acuerdo plenario, los magistrados determinaron la incompetencia de este tribunal para conocer del citado asunto por ser del ámbito federal y reencausarlo a la Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

De igual manera, en la Sesión de Pleno también se resolvió el Procedimiento Especial Sancionador, PES/087/2019 que interpuso Edgar Benjamín Hernández Díaz en contra de Laura Beristaín Navarrete y otros, por la supuesta vulneración al Artículo 134, séptimo párrafo de la Constitución federal por imágenes y vídeos de evento público y el Procedimiento Especial Sancionador, PES/089/2019 que ingreso el Partido Acción Nacional en contra de Freyda Maribel Villegas Canché, por la supuesta vulneración a las disposiciones legales electorales en materia de propaganda electoral.

En ambos asuntos, los magistrados del pleno, por unanimidad de votos determinaron la inexistencia de las irregularidades imputadas a los denunciados.

Con la resolución de Diputados de Representación Proporcional se concluyen con todos los medios de impugnación relativos a la Elección de Diputados.

Confirma TEQROO elección de diputados de distritos 9 y 11

DIANA ALVARADO 12 JULIO 2019.- El Pleno del Tribunal Electoral de Quintana Roo confirmó la elección de diputados en los Distritos Electorales 9 y 11; asimismo, resolvió cuatro quejas del Procedimiento Especial Sancionador. 

El Juicio de Nulidad JUN/010/2019, lo presentó el partido político Morena en contra del Consejo Distrital 11 del Instituto Electoral de Quintana Roo, por el cómputo distrital de la elección de diputado local y la nulidad de casillas; mientras que el diverso expediente JUN/011/2019 y su acumulado JUN/014/2019, fueron presentados por los partidos políticos de la Revolución Democrática y Morena, respectivamente, por el cómputo distrital de la elección de diputado local y la nulidad de casillas en el Distrito Electoral 9.

Al respecto, el Pleno por unanimidad de votos determinó en cada uno de dichos asuntos confirmar la elección de Diputados de Mayoría Relativa en los Distritos Electorales 9 y 11 de Quintana Roo, modificando en cada uno de ellos, el cómputo por la anulación de casillas, sin afectar el resultado de la elección.

Con relación al Juicio de Nulidad JUN/002/2019, que interpuso el partido político Morena en contra del Consejo Distrital 10 del Instituto Electoral de Quintana Roo por el cómputo realizado respecto a la elección de Diputado por el principio de Mayoría Relativa en ese distrito electoral, la declaración de validez de dicha elección y la expedición de la constancia de mayoría que se otorga a la fórmula de candidatos de la coalición “Orden y desarrollo por Quintana Roo”.

En este asunto, las magistradas y el magistrado del Pleno en votación económica determinaron retirar el mismo para ser atendido con posterioridad.

En la sesión de Pleno, igual se atendieron cuatro quejas del Procedimiento Especial Sancionador, una, el PES/081/2019 que interpuso Raúl Fernández León en contra de Freyda Maribel Villegas Canché y el partido político Morena; el segundo, el PES/082/2019 que presentó el Partido Movimiento Ciudadano y partido político Morena en contra de Carlos Orvañanos Rea y coalición “Orden y desarrollo por Quintana Roo”; el tercero, el PES/083/2019 que demandó el Partido Acción Nacional en contra de Martiniano Maldonado y el Partido Revolucionario Institucional y el cuarto, el PES/084/2019 que presentó Raúl Fernández León en contra de Gerardo Fernández Noroña y otros.

Respecto a estas cuatro quejas del Procedimiento Especial Sancionador, los integrantes del Pleno, por unanimidad de votos, determinaron declarar la inexistencia de las conductas atribuidas a los respectivos denunciados, dado que del caudal probatorio que obra en los expedientes, no fue posible acreditar las conductas denunciadas.

Magistrados del TEQROO asisten al Parlamento Abierto “Hacia una Reforma Electoral”

DIANA ALVARADO 8 JULIO 2019.- Los integrantes del Pleno del Tribunal Electoral de Quintana Roo, la Magistrada presidenta Nora Cerón González, la Magistrada Claudia Carrillo Gasca y el Magistrado Víctor Vivas Vivas participaron en el Parlamente Abierto “Hacia una Reforma Electoral” organizado este lunes en el Gran Museo del Mundo Maya por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.

En su participación, la Magistrada Nora Cerón González hablo de la importancia de las Garantías Judiciales de Independencia e Imparcialidad que permiten la existencia de una judicatura independiente. Y refirió como primer punto la independencia frente a otros poderes u órganos del Estado.

“Es incuestionable que la independencia de todo órgano jurisdiccional es un presupuesto indispensable para otorgar certeza y confianza al justiciable”, afirmó.

Dijo que otra garantía de independencia judicial lo es un proceso adecuado de selección y nombramiento, mediante el establecimiento de parámetros mínimos a fin de evitar la discrecionalidad por parte de quienes participan en el proceso.

Asimismo, en el ejercicio del cargo, el Estado debe proveer de condiciones a los juzgadores que les garanticen independencia funcional o del ejercicio individual del desempeño”, apuntó.

Con este ejercicio de consulta a través del Parlamente Abierto “Hacia una Reforma Electoral”, la Cámara de Diputados buscan conocer las inquietudes de los operadores y actores del sistema electoral que puedan reflejarse en una reforma a la legislación.

El Parlamento Abierto “Hacia una Reforma Electoral” es organizado por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, a través de la Comisión de Gobernación y Población y de la Subcomisión Electoral y de Partidos Políticos, en el que participaron consejeros y magistrados electorales locales de los estados de Yucatán, Campeche, Veracruz, Tabasco, Chiapas, Oaxaca y Quintana Roo, la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, así como líderes de partidos políticos y diputados locales y federales.

En junio pasado, se inauguraron los Foros de la reforma del Estado y Electoral en la Cámara de Diputados y en esta ocasión, les correspondió la consulta a los integrantes de la Tercera Circunscripción Plurinominal.

La Comisión de Gobernación y Población y de la Subcomisión Electoral y de Partidos Políticos serán las encargadas de analizar todas y cada una de las iniciativas que se presenten en este foro respecto de la legislación secundaria en materia electoral.

TEQROO declara inexistentes quejas en contra de dos ex candidatos

DIANA ALVARADO 5 JULIO 2019.- Declaró el Tribunal Electoral de Quintana Roo inexistentes dos quejas presentadas en contra de Tyara Schleske de Ariño y Jesús Alberto Zetina Tejero, otrora candidatos a diputados locales, en la Sesión de Pleno realizada este viernes.

El Procedimiento Especial Sancionador PES/079/2019 lo presentó el Partido Encuentro Social Quintana Roo en contra de Tyara Schleske de Ariño y la coalición Juntos Haremos Historia por Quintana Roo integrada por los partidos políticos Morena, del Trabajo y Verde Ecologista de México por la presunta comisión de conductas ilícitas, derivado de una visita realizada a un centro de culto religioso haciendo actos de proselitismo político.

Mientras que el Procedimiento Especial Sancionador PES/080/2019 lo interpuso el Partido Revolucionario Institucional en contra de Jesús Alberto Zetina Tejero por supuestas infracciones en el uso de recursos públicos en la difusión personalizada de su nombre, cargo e imagen, violentando el principio de imparcialidad en la contienda electoral.

El pleno, en ambos asuntos, por unanimidad de votos determinó la inexistencia de las infracciones atribuidas a Tyara Schleske de Ariño y Jesús Alberto Zetina Tejero, en los respectivos asuntos, toda vez que del caudal probatorio no se pudo acreditar las irregularidades denunciadas.

Confirma TEQROO validez de resultados de elección de diputados en distritos 1 y 8

DIANA ALVARADO 3 JULIO 2019.- En sesión de Pleno, el Tribunal Electoral de Quintana Roo confirmó la validez de la elección de diputados de mayoría relativa en los Distritos Electorales 01 y 08 de Quintana Roo; asimismo, resolvieron 9 quejas del Procedimiento Especial Sancionador.

Los partidos políticos Morena y Verde Ecologista de México impugnaron de manera separada a través de los Juicios de Nulidad JUN/008/2019 y JUN/009/2019, respectivamente, los resultados del cómputo distrital en los Distritos Electorales 01 y 08 y la nulidad de diversas casillas; al igual, tales resultados fueron impugnados a través del Juicio Ciudadano JDC/028/2019 por parte de Eugenia Guadalupe Solís Salazar.

En estos asuntos, el pleno decidió acumular el JUN/009/2019 y el JCD/028/2019 al JUN/008/2019, por existir conexidad en el acto impugnado.

Al respecto, las magistradas y el magistrado determinaron confirmar la validez de la elección en el Distrito Electoral 08, declarando únicamente la nulidad de la votación recibida en 4 casillas, modificando el cómputo distrital sin afectar el resultado de la elección en dicho distrito.

En relación al Distrito Electoral 01, el pleno declaró la validez de la elección de diputado por el principio de mayoría relativa del citado distrito; de las 32 casillas impugnadas, solo una fue declarada nula, por lo que modificó el cómputo distrital, sin afectar su validez.             

Asimismo, el TEQROO resolvió 9 quejas del Procedimiento Especial Sancionador interpuestas por el partido político Movimiento Ciudadano en contra de diferentes candidatos a diputados de la pasada elección local, por la presunta violación a la normatividad electoral en materia de protección a las niñas, niños y adolescentes en materia de propaganda y mensajes electorales en la red social de Facebook, mismos que integran los expedientes del PES/070/2019 al PES/078/2019, consecutivamente.

En el caso del PES/070/2019 y el PES/076/2019, el primero en contra de Erick Gustavo Miranda García y el segundo, contra de Edgar Gasca Arceo, el pleno, por unanimidad de votos determinaron declarar existentes las infracciones atribuidas a los otrora candidatos, así como a la coalición Juntos Haremos Historia por Quintana Roo y al partido político Morena, respectivamente, imponiéndoles a cada uno la sanción de amonestación pública.

Con relación a las otras 7 quejas del Procedimiento Especial Sancionador, las magistradas y el magistrado del pleno declararon la inexistencia de las infracciones atribuidas a los entonces candidatos y a las coaliciones que los postularon.

Ratifica TEQROO validez de elecciones de los distritos 3, 7, 13 y 15

DIANA ALVARADO 28 JUNIO 2019.- En sesión pública, el Pleno de Tribunal Electoral de Quintana Roo resolvió los primeros 5 Juicios de Nulidad relacionados con el cómputo de mayoría de la elección de Diputados realizado por los Consejos Distritales 13, 7, 15 y 3; asimismo, atendió 4 quejas del Procedimiento Especial Sancionador y un Incidente de Recusación.

En esta sesión pública, el pleno resolvió los Juicios de Nulidad JUN/001/2019, JUN/003/2019, JUN/006/2019 y JUN/007/2019 interpuestos por el partido político Morena y Encuentro Social Quintana Roo en contra de los resultados del cómputo distrital y nulidades de casillas emitidas por los Consejos Distritales 13, 7, 15 y 3, respectivamente.

Al respecto, las magistradas y el magistrado que integran el pleno por unanimidad de voto confirmaron la declaración de validez de la elección de diputados de mayoría relativa en los Distritos Electorales 13, 7 y 15, en los expedientes JUN/001/2018, JUN/003/2019 y JUN/004/2019, respectivamente.

Ahora bien, con relación al Distrito Electoral 3, relacionado en los expedientes JUN/006/2019 y JUN/007/2019, los magistrados del pleno por mayoría de votos declararon acumular los citados expedientes y declarar la validez del cómputo de la elección de mayoría en el citado distrito.

En estos dos últimos asuntos, la magistrada Claudia Carrillo Gasca emitió un voto en contra, ya que a su juicio se debió ser más exhaustivos al resolver dichos expedientes.

En cumplimiento a lo ordenado por la Sala Regional Xalapa del TEPJF, se presentó nuevamente el proyecto de resolución relacionado con el Procedimiento Especial Sancionador PES/053/2019, interpuso por Raúl Fernández León y la coalición “Orden y desarrollo por Quintana Roo” en contra de Emiliano Vladimir Ramos Hernández, Laura Beristaín Navarrete, Hernán Villatoro Barrios, Juan Carlos Beristaín Navarrete, Gerardo Fernández Noroña, Otoniel Segovia Martínez y los partidos políticos Morena, del Trabajo y Verde Ecologista de México, por la supuesta violación al artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos por cuanto a la utilización de recursos públicos, proselitismo y propaganda electoral.

En esta queja, los magistrados del pleno por mayoría de votos determinaron declarar inexistentes las supuestas irregularidades señaladas en contra de los denunciados.

En este caso, la magistrada Claudia Carrillo Gasca emitió un voto en contra, ya que a su parecer el citado asunto debía returnarse al Instituto Electoral de Quintana Roo para realizar una investigación más exhaustiva, como lo ordenó la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

Otro de los asuntos atendidos fue el Procedimiento Especial Sancionador PES/067/2019 que presentó el Partido Acción Nacional en contra de Martha Bella Reyes Mejía, Sexta Regidora del Municipio de Othón P. Blanco por supuestos hechos violatorios del artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por el uso de recursos públicos y la falta de neutralidad e indebida intervención en el proceso electoral local, al asistir de manera reiterada a las sesiones del IEQROO y el Consejo General del INE en calidad de representante suplente del Partido del Trabajo en días y horas hábiles.

En esta queja, por acuerdo plenario, las magistradas y el magistrado del pleno ordenaron reenviar el expediente del PES/067/2019 al Instituto Electoral de Quintana Roo, para efecto de que realice los requerimientos de información al Ayuntamiento de Othón P. Blanco.

En la misma sesión pública, se resolvió el Procedimiento Especial Sancionador PES/068/2019 que interpuso el partido político Morena en contra de Víctor Mas Tah, presidente municipal de Tulum por la supuesta violación a la normatividad electoral al difundir propaganda gubernamental, así como promocionar su imagen.

Los integrantes del pleno, por unanimidad de votos determinaron declarar la inexistencia de las infracciones atribuidas a Víctor Mas Tah, toda vez que de las pruebas aportadas no se pudo acreditar los hechos denunciados.

De igual manera, fue resuelto el Procedimiento Especial Sancionador PES/069/2019, que presentó el partido Confianza por Quintana Roo en contra de Héctor Hernán Pérez Rivero, otrora candidato de Movimiento Auténtico Social (MAS) por la presunta colocación de propaganda electoral en equipamiento urbano, consistente en calcomanías adheribles.

Sobre esta queja, el pleno, por unanimidad de votos determinó declarar inexistentes las irregularidades denunciadas, ya que el caudal probatorio ofrecido por el denunciante es insuficiente, no idóneo e ineficaz para probar que el otrora candidato al Distrito Electoral 15 postulados por el partido MAS, Héctor Hernán Pérez Rivero haya realizado proselitismo en las redes sociales en tiempo de veda electoral.

Por último, se resolvió el Incidente de Recusación presentado por el Partido Encuentro Social Quintana Roo en contra de la magistrada electoral Claudia Carrillo Gasca, misma en la que se solicitó se excuse de conocer y resolver los asuntos en los que pudiera tener algún interés el ciudadano Edgar Gasca Arceo, dado que la parte actora argumenta tiene una relación de parentesco con la magistrada electoral. 

En este caso, las magistradas y el magistrado del pleno declararon calificar fundada la solicitud de recusación presentada por el Partido Encuentro Social Quintana Roo, para que la magistrada Claudia Carrillo Gasca deje de conocer y votar en los 10 asuntos relacionados con la asignación de diputados por el principio de representación proporcional.

Es importante destacar que la magistrada Claudia Carrillo Gasca ya había solicitado excusarse en 5 de los10 asuntos.

Resuelve TEQROO quejas y recursos contra candidatos y partidos

DIANA ALVARADO 6 JUNIO 2019.- Las magistradas y el magistrado que integran el Pleno del Tribunal Electoral de Quintana Roo sesionaron este jueves para resolver tres asuntos.

En la Sesión de Pleno, se resolvió el Recurso de Apelación identificado con la clave RAP/042/2019, que presentó Freyda Marybel Villegas Canché en contra de la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Electoral de Quintana Roo y el acuerdo por medio del cual se determina respecto de la medida cautelar solicitada por el ciudadano Raúl Fernández León, dentro del escrito de queja identificada con el número IEQROO/PES/073/19.

En este asunto, el pleno del TEQROO, por mayoría de votos determinó confirmar el acuerdo emitido por la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Electoral de Quintana Roo, toda vez que los agravios vertidos por la impugnante se consideraron infundados.

De igual manera, atendieron el Procedimiento Especial Sancionador, PES/051/2019 que interpuso el Partido Encuentro Social Quintana Roo en contra de Tyara Schleske de Ariño y la coalición “Juntos haremos historia por Quintana Roo”, por la supuesta vulneración a las disposiciones electorales que afectan la equidad en la contienda.

Al respecto, las magistradas y el magistrado del pleno, por unanimidad de votos determinaron la existencia de la infracción atribuida a Tyara Schleske de Ariño y la coalición “Juntos haremos historia por Quintana Roo”, imponiéndoles una sanción consistente en amonestación pública.

Asimismo, se resolvió el Procedimiento Especial Sancionador, PES/053/2019, que presentó Raúl Fernández León y la coalición “Orden y desarrollo por Quintana Roo”, en contra de Emiliano Vladimir Ramos Hernández y otros, por supuesta violación al principio de imparcialidad en la utilización de recursos públicos al asistir en día y hora hábil a la rueda de prensa celebrada el 15 de mayo de 2019 en la ciudad de Playa del Carmen, reuniéndose con el diputado federal Gerardo Fernández Noroña, haciendo propaganda a favor de sus candidatos a diputados locales.

Respecto a esta queja, el pleno por mayoría de votos determinó la inexistencia de la conducta atribuible a los denunciados Emiliano Vladimir Ramos Hernández, Laura Beristaín Navarrete, Hernán Villatoro Barrios, Juan Carlos Beristaín Navarrete, Gerardo Fernández Noroña, Otoniel Segovia y los partidos políticos Morena, del Trabajo y Verde Ecologista de México, que integran la coalición “Juntos haremos historia por Quintana Roo”, ya que del caudal probatorio no pudo probarse las supuestas irregularidades señaladas por los denunciantes.

En este mismo asunto, la magistrada electoral Claudia Carrillo Gasca emitió un voto particular en contra de la citada sentencia, al considerar que las expresiones realizadas por el Diputado Federal Gerardo Fernández Noroña si corresponden a propaganda gubernamental en época prohibida.

Desecha TEQROO recurso del PAN contra Juan Carlos y Laura Beristain

DIANA ALVARADO 3 JUNIO 2019.- En sesión de Pleno, las magistradas y el magistrado del Tribunal Electoral de Quintana Roo atendieron un Recurso de Apelación y un Procedimiento Especial Sancionador.

El Procedimiento Especial Sancionador, PES/043/2019, lo interpuso el Partido Acción Nacional en contra de Juan Carlos y Laura Esther Beristaín Navarrete y la coalición “Juntos Haremos Historia por Quintana Roo”, por la supuesta infracción a la normativa electoral, por destrucción de propaganda electoral de la otrora candidata Lili Campos Miranda.

Respecto a este asunto, el pleno, por unanimidad de votos determinó declarar la inexistencia de las infracciones atribuidas a los denunciados, dado que del caudal probatorio que obra en el expediente no se acreditó, con ninguna de las pruebas la supuesta destrucción de la propaganda electoral.

El Recurso de Apelación, RAP/042/2019, lo presentó Freyda Marybel Villegas Canché en contra de la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Electoral de Quintana Roo y el acuerdo por medio del cual se determina respecto de la medida cautelar solicitada por el ciudadano Raúl Fernández León, dentro del escrito de queja identificada con el número IEQROO/PES/073/19.

En este caso, los magistrados del Pleno determinaron por mayoría de votos returnar el expediente para que otro magistrado elabore el proyecto de resolución correspondiente.

El Tribunal Electoral de Quintana Roo resuelve 9 juicios, recursos y quejas

DIANA ALVARADO 31 MAYO 2019.- En sesión de pleno, el Tribunal Electoral de Quintana Roo resolvió 9 asuntos jurisdiccionales, entre ellos, tres Juicios Ciudadanos interpuestos por militantes de un partido, un Recurso de Apelación y cinco quejas del Procedimiento Especial Sancionador.

El Juicio para la Protección de los Derechos Políticos Electorales del Ciudadano Quintanarroense, JDC/017/2019, lo interpuso Roque Rubén Montoya Mex en contra del Comité Directivo Estatal del Partido Revolucionario Institucional en Quintana Roo por una supuesta omisión del Comité Directivo Estatal de emitir la convocatoria y llevar a cabo el proceso de selección de presidente y secretaria del Comité Directivo Municipal de Puerto Morelos.

Al respecto, los magistrados del pleno declararon acumular los expedientes JDC/018/2019 y el JDC/019/2019 al diverso JDC/017/2019 por existir conexidad en la causa. Asimismo, resolvieron improcedentes tales medios de impugnación por advertir que no se agotó la definitividad intra partidaria, ordenado reencausar dichos asuntos a la Comisión de Justicia partidista del PRI en Quintana Roo a efecto de que conforme a su competencia y atribuciones determine lo que en derecho proceda.

El Recurso de Apelación, RAP/040/2019 lo presentó el Partido Acción Nacional en contra de la Comisión de Quejas y Denuncias del Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo     y el acuerdo IEQROO/CQyD/A-MC-052/19 por medio del cual se determina respecto de la medida cautelar solicitada por el Partido Acción Nacional, en su escrito de queja registrado bajo el número IEQROO/PES/075/19.

A dicho del partido actor, la citada autoridad no tomo en consideración la violación en contra de los principios previstos en los artículos 134 de la Constitución Federal, 100 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales y 37 de la ley de municipios del Estado de Quintana Roo, dado el supuesto ejercicio indebido del cargo de la regidora Martha Bella Reyes Mejía al asistir a eventos partidistas durante las horas de labores.

En este asunto, el pleno determinó por unanimidad de votos confirmar el acuerdo de la Comisión de quejas y denuncias del IEQROO, toda vez que consideraron infundados los agravios del promovente, ya que no se considera justificada la necesidad del dictado de las medidas cautelaras pedidas.

Mientras que el Procedimiento Especial Sancionador, PES/035/2019, lo interpuso la coalición “Orden y Desarrollo por Quintana Roo” en contra de José Luis Toledo Medina, Adrián Armando Pérez Vera y el partido Movimiento Ciudadano por supuestos actos que vulneran las disposiciones legales electorales en materia de propaganda electoral, que afectan la equidad en la contienda y violan los derechos de las niñas, niños y adolescentes.

Al respecto, las magistradas y el magistrado del pleno, por unanimidad de votos, aprobaron la existencia de la infracción atribuida a los ciudadanos José Luis Toledo Medina y Adrián Armando Pérez Vera, así como al partido Movimiento Ciudadano, por dejar de vigilar la actuación de sus candidatos, a los cuales se impuso una amonestación pública.

En esta sesión, también se atendió el Procedimiento Especial Sancionador, PES/038/2019, interpuesto por la coalición “Orden y Desarrollo por Quintana Roo” en contra de Juan Carlos Beristaín Navarrete y la coalición “Juntos Haremos historia por Quintana Roo”, por la supuesta comisión de actos que vulneran las disposiciones legales electorales en materia de propaganda electoral, que afectan la equidad en la contienda y violan los derechos de las niñas, niños y adolescentes.

El pleno determinó por unanimidad de votos la existencia de la comisión de los actos denunciados en contra del Juan Carlos Beristaín Navarrete y la coalición “Juntos Haremos historia por Quintana Roo”, por dejar de vigilar la actuación de su candidato, imponiéndole amonestación pública a ambos.

También se resolvió el Procedimiento Especial Sancionador, PES/039/2019, el cual presentó el partido Movimiento Ciudadano en contra de Ana Ellamin Pamplona Ramírez y coalición “Juntos haremos historia por Quintana Roo”, por supuestas conductas violatorias de la normativa electoral, por colocación de propaganda electoral.

En este asunto, las magistradas y el magistrado del pleno, por unanimidad de votos determinaron la inexistencia de las infracciones atribuidas a la candidata y a la coalición que la postula, toda vez que no existe disposición normativa alguna que exprese la negativa o la ilegalidad de posicionar propaganda electoral en distrito diverso al cual se compite.

Otro de los asuntos atendidos en la sesión de pleno de este viernes, es el Procedimiento Especial Sancionador, PES/041/2019, el cual interpuso el Partido Revolucionario Institucional en contra de Eugenia Guadalupe Solís Salazar y coalición “Orden y desarrollo por Quintana Roo”, por supuestas conductas violatorias de la normativa electoral, por colocación de propaganda electoral en equipamiento urbano.

En este asunto, por unanimidad de votos, el pleno determinó la existencia de las conductas consistente en la colocación de propaganda electoral en elementos de equipamiento urbano de la candidata Eugenia Solís Salazar y de la coalición que la postula “Orden y desarrollo por Quintana Roo, por dejar de vigilar la actuación de su candidata, imponiendo una sanción consistente en una amonestación pública.

Finalmente, el Tribunal Electoral de Quintana Roo atendió el Procedimiento Especial Sancionador, PES/042/2019, que interpuso el Partido Acción Nacional en contra de Linda Saray Cobos Castro y la coalición “Juntos Haremos Historia por Quintana Roo”, por supuestas conductas violatorias de la normativa electoral, violando el interés superior del menor.

En este asunto, por unanimidad de votos, el pleno determino declarar la inexistencia de las supuestas infracciones atribuidas a la candidata, toda vez que del caudal probatorio no pudo acreditarse las supuestas irregularidades.

Resuelve TEQROO recursos y quejas de candidatos y partidos

DIANA ALVARADO 29 MAYO 2019.- En sesión de pleno, el Tribunal Electoral de Quintana Roo resolvió tres quejas del Procedimiento Especial Sancionador y un Recurso de Apelación.

Respecto al Procedimiento Especial Sancionador, PES/015/2019 fue interpuesto por el Partido Revolucionario Institucional en contra de Carlos Orvañanos Rea y otros, por la presunta comisión de conductas ilícitas cometidas por el candidato a la diputación por el principio de mayoría relativa en el distrito 07, postulado por la coalición “Orden y Desarrollo por Quintana Roo”.

Dicho asunto fue atendido a raíz de la resolución que emitiera la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en el expediente SX-JE-94/2019, en el que ordenó atender el documento de deslinde que presentará el denunciado Carlos Orvañanos Rea sobre la supuesta propaganda que infringía la normatividad electoral.

Al respecto, las magistradas y el magistrado del pleno, por unanimidad de votos declararon la inexistencia de las violaciones atribuidas a las denunciados Carlos Orvañanos Rea y la Coalición Orden y Desarrollo por Quintana Roo, al no quedar demostrada su responsabilidad en dichos hechos.

El Partido Revolucionario Institucional también presentó el Procedimiento Especial Sancionador con clave PES/036/2019 en contra de Roberto Erales Jiménez, por la supuesta comisión de conductas ilícitas derivado de la colocación de propaganda electoral.

En este asunto, el pleno, por unanimidad de votos determinaron declarar la inexistencia de las infracciones atribuidas a Roberto Erales Jiménez y la coalición Juntos Haremos Historia por Quintana Roo integrada por el partido político Morena, del Trabajo y Verde Ecologista de México.

Mientras que el Procedimiento Especial Sancionador, PES/037/2019, lo interpuso Concepción López Cohuo, Víctor Manuel Chan Tuz y Angélica Serrano Jiménez en contra de José Luis Ross Chale, por la supuesta comisión de actos de violencia de género, el cual trasgrede los derechos humanos de las mujeres, pues ha emitido declaraciones públicamente donde muestra conductas misóginas, machistas y retrogradas en contra de las mujeres.

En este caso, los integrantes del pleno determinaron declarar la inexistencia de los hechos denunciados atribuidos a José Luis Ross Chale y al Partido Revolucionario Institucional, por no haberse acreditado la infracción denunciada, ni la responsabilidad de los sujetos denunciados.

Asimismo, se resolvió el PES/040/2019 interpuesto por el Partido Acción Nacional y el Partido Revolucionario Institucional en contra de Reina Arelly Durán Ovando y la coalición Juntos Haremos Historia por Quintana Roo, por infracciones a la ley electoral al colocar propaganda político electoral en equipamiento urbano.

Las magistradas y el magistrado del pleno, por unanimidad de votos aprobaron declarar la existencia de las violaciones atribuidas a Reina Arelly Durán Ovando, así como a la coalición Juntos Haremos Historia por Quintana Roo e impuso una amonestación pública a ambos.

El último de los asuntos atendidos fue el Recurso de Apelación RAP/041/2019 lo presentó el Partido Acción Nacional en contra de la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Electoral de Quintana Roo, por el acuerdo por medio del cual se determina respecto de la medida cautelar solicitada por el partido impugnante dentro del escrito de queja identificada con el número IEQROO/PES/080/19.

En este recurso de apelación, el pleno, por unanimidad de votos determinó confirmar el acuerdo de la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Electoral de Quintana Roo sobre las medidas cautelares solicitadas por el Partido Acción Nacional en su escrito de queja del expediente antes referido, puesto que los agravios vertidos a dicho medio de impugnación resultaron infundados.